09 enero 2018
El Colegio de A Coruña recuerda que el derecho de defensa debe ejercerse de forma responsable, leal y con respeto al secreto profesional
- En un Estado social, democrático y de Derecho, la garantía del derecho de defensa es uno de los pilares del sistema de libertades y derechos de los ciudadanos
- El secreto profesional es presupuesto y esencia del derecho de defensa
Ante las declaraciones recogidas en medios de comunicación por parte de abogados pertenecientes al Colegio de Abogados de A Coruña, la Junta de Gobierno de esta Corporación quiere recordar:
- El derecho de defensa es un derecho básico del Estado Social. Toda persona tiene derecho a que su defensa esté garantizada y que se ejercite conforme a las reglas y exigencias técnicas, deontológicas y éticas propias de la Abogacía.
- Se debe respetar la labor de los abogados defensores. Los Abogados no defienden inocentes o culpables, sino ciudadanos acusados de un delito y salvaguardan la garantía constitucional de que tenga un juicio justo. Un abogado, con su trabajo, debe luchar para que el defendido tenga un juicio con todas las garantías.
- El derecho de defensa exige lealtad en su ejercicio. El cumplimiento del encargo profesional exige del Abogado el máximo celo, diligencia y lealtad hacia su cliente.
- El secreto profesional es un derecho-obligación. Los Abogados en el desempeño de su labor de defensa deben respetar el secreto profesional, como presupuesto de su ejercicio y garantía para sus defendidos.