25 noviembre 2015

Elecciones 20-D: La Abogacía pide a los partidos políticos un Pacto de Estado por la Justicia

Y además:

  • Mejorar el sistema de Asistencia Jurídica Gratuita con medios suficientes y adecuados y una retribución digna
  • Estadísticas fiables y reales de los datos de la Justicia
  • Una Ley Orgánica del Derecho de Defensa
  • Contar con la voz de los profesionales en la futura regulación de Servicios y Colegios Profesionales

Un Pacto de Estado por la Justicia, mejorar el sistema de Asistencia Jurídica Gratuita, estadísticas fiables y reales en los datos de la Justicia, una Ley Orgánica del Derecho de Defensa y contar con la voz de los profesionales en la futura regulación de servicios y colegios. Estas son las cinco medidas que sugiere la Abogacía institucional a los partidos de cara a las próximas elecciones generales del 20 de diciembre, para que incorporen estas propuestas en sus programas electorales. La Justicia, que siempre es la gran olvidada de la política en cuanto a medidas y mejoras, debe ser uno de los pilares del futuro Gobierno para mejorar la sociedad en su conjunto. Y la Abogacía se ofrece, como siempre ha hecho, para servir de ayuda y orientación a los que así lo soliciten.

  1. PACTO DE ESTADO POR LA JUSTICIA

Como pieza clave del Estado de Derecho, la Administración de Justicia necesita urgentemente un cambio profundo que refuerce su papel como elemento vertebral de la democracia. La Justicia sigue recibiendo insuficiente atención por parte de todos los Gobiernos, y la ciudadanía percibe como partidistas muchas de sus manifestaciones.

Objetivos:

  • Reconstruir la confianza de los ciudadanos en su sistema de Justicia eficaz, neutral y previsible, independiente de los otros poderes del Estado.
  • Avanzar en la consecución de una Justicia más eficiente, ágil e igualitario.

Medidas para alcanzarlo

  1. Impulsar un gran Pacto de Estado por la Justicia en el que participen todos los operadores jurídicos, los partidos políticos, los sindicatos y las organizaciones de consumidores y usuarios, a través del permanente diálogo entre el Gobierno y los profesionales de la Justicia.
  2. Agilizar los macroprocesos judiciales, especialmente aquellos que versan sobre presuntos casos de corrupción, a través del fraccionamiento y cierre de piezas.
  3. Formación inicial y continuada igual para jueces, fiscales y abogados.
  4. Especialización de jueces, fiscales y abogados para afrontar los casos de corrupción, y otros delitos especialmente graves.
  5. Dotar a la Administración de Justicia de más medios humanos y materiales.
  6. Impulsar definitivamente el uso de las nuevas tecnologías en la administración de justicia, y especialmente las comunicaciones y notificaciones electrónicas entre los operadores jurídicos y los ciudadanos, fomentando además el acceso al sistema mediante mecanismos que permitan la adecuada interoperabilidad con otros sistemas.
  7. Fomentar la gestión de la Administración de Justicia con criterios empresariales.
  1. ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA

El servicio público de la Justicia Gratuita es, posiblemente, el servicio público que funciona mejor en Justicia, con mayor eficiencia, valorado enormemente por la ciudadanía, sin apenas quejas y a un coste realmente bajo. Sin embargo, las retribuciones se han visto congeladas o incluso reducidas sensiblemente para los abogados del Turno de Oficio desde hace más de 10 años. Su fortaleza es la del Estado de Derecho, de ahí que mejorarla incrementará el bienestar social del país. Pero, ante todo, debe continuar garantizando el sagrado Derecho a la Defensa de los más desfavorecidos.

Objetivos:

  • Asegurar que el servicio de asistencia jurídica gratuita se presta siempre con la mejor calidad posible. Motivar y reconocer a los abogados que prestan el servicio.

Medidas para alcanzarlo

  1. Mantener el servicio de Justicia Gratuita como lo que es: un servicio público, no privatizado.
  2. Garantizar la cercanía e inmediatez en la prestación del servicio en todas sus instancias (territorialidad)
  3. Dotar al servicio de medios suficientes y adecuados.
  4. Fijar una compensación económica digna, puntual y garantizada por el Estado para los abogados que prestan este servicio.
  1. ESTADÍSTICAS FIABLES Y REALES

Los datos de la Justicia en España son muchas veces confusos, erróneos o no son fiables -reconocido por la mayoría de los actores-, sin que se haya rectificado esta situación. Esos datos erróneos sirven, no obstante, para avalar reformas legislativas y para transmitir a la sociedad una realidad sobre la Justicia que es incierta. Sin conocer la realidad no se puede actuar sobre ella, corregir sus errores ni potenciar sus aciertos.

Objetivos:

  • Contar con datos fiables de la Administración de Justicia que permitan un conocimiento exhaustivo de la situación real.

Medidas para alcanzarlo:

  1. Promover entre todos los operadores jurídicos (jueces, letrados de la Administración de Justicia, fiscales, abogados y procuradores) y el Gobierno, un sistema de tratamiento de datos de todos los procesos judiciales, que facilite la unánime consideración de las estadísticas de la Justicia en nuestro país como fiables y reales.
  2. Generar confianza en los justiciables sobre el estado de la Justicia.
  1. LEY ORGÁNICA DEL DERECHO DE DEFENSA

Sin defensa no hay Justicia posible; solo poder o fuerza vindicativa. Y eso nunca puede ser de recibo en un Estado de Derecho que pretenda merecer ese nombre. El Derecho de Defensa consagrado en los artículos 17.3 y 24 de la Constitución representa uno de los derechos más sagrados de todos, pues garantiza el acceso a los demás. Sin embargo aún no ha sido debidamente regulado, por lo que nuestro sistema de Justicia está incompleto.

Objetivos:

  • Regular el asesoramiento y la defensa jurídica, garantizando así el Derecho Fundamental de Defensa, y reforzando otros derechos y obligaciones conexos a éste, como la formación, la confidencialidad de las conversaciones entre abogado y cliente, la inviolabilidad de las comunicaciones, la deontología o el secreto profesional.
  • Constitucionalizar las actividades de los abogados en funciones de defensa y reforzar el papel constitucionalmente reconocido a los abogados como garantes del Derecho de Defensa jurídica.
  • Poner fin a actuaciones que, sin base legal, violan este Derecho de Defensa.

Medidas para alcanzarlo:

  1. Publicar una Ley Orgánica del Derecho de Defensa -dado que se trata del desarrollo de un derecho fundamental, constitucionalmente protegido-, acordada a través del diálogo y el consenso, con las contribuciones de la Abogacía y otras profesiones garantes de dicho derecho.
  1. LEY DE SERVICIOS Y COLEGIOS PROFESIONALES

La Unión Europea viene demandando una regulación sobre los servicios profesionales en cada uno de los países miembros. Distintas versiones de anteproyecto se han ido elaborando sin contar con la voz del Consejo General de la Abogacía Española y de los Colegios de Abogados. En los textos conocidos se parte de un desconocimiento –si no directamente prejuicios infundados- sobre la realidad colegial y sobre la valiosa labor que cumplen las corporaciones colegiales para garantizar los intereses de los ciudadanos.

Objetivos:

  • Garantizar la independencia y viabilidad de los Colegios Profesionales, constitucionalmente reconocidos (art. 36 C.E.), así como la calidad de los servicios de defensa jurídica en nuestro país.
  • Reforzar la confianza de los poderes públicos en la labor que realizan los Colegios Profesionales, reconociendo además la función social y relevancia de los Colegios de Abogados, que gestionan el Turno de Oficio y la Asistencia Jurídica Gratuita.

Medidas para alcanzarlo:

  1. Establecer un marco de diálogo estable y fluido entre los pre-legisladores y la Abogacía institucional, que permita tratar los distintos proyectos legislativos que afecten a los Colegios de Abogados y a los servicios públicos profesionales desarrollados por los abogados en nuestro país; y en el que el caso de esta ley futura permita:
  2. Proteger la independencia y autonomía de las corporaciones frente a intentos de control no justificados.
  3. Garantizar la colegiación única con criterio de territorialidad, que permita el control deontológico, de participación colegial, de censo y de eficacia del Turno de Oficio.
  4. Mantener la unidad de la profesión de la Abogacía, sin rupturas ni divisiones de la misma atendiendo al empleador.

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