27 noviembre 2015
El Gobierno regula las comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia a través de LexNET a partir del 1 de enero de 2016
- El Real Decreto reconoce la petición de la Abogacía para establecer un justificante de interrupción del servicio de la plataforma por causas técnicas
- El Real Decreto, de aplicación en el territorio Ministerio, supone un nuevo avance en la implantación de la Justicia Digital para acercar la Justicia al ciudadano, agilizar los procesos y reducir los tiempos de espera
El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha aprobado el viernes 27 de noviembre el Real Decreto sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia y por el que se regula el sistema LEXNET que, a partir del 1 de enero de 2016, se deberá utilizar para la presentación de escritos, el traslado de copias y la realización de actos de comunicación tanto por los juzgados, tribunales y fiscalías como por los profesionales que colaboran con la Justicia.
Durante la rueda de prensa ofrecida por la secretaria de Estado de Justicia, Carmen Sánchez-Cortés, y el secretario general del Ministerio de Justicia, Antonio Dorado, éste alto cargo del Ministerio ha destacado la labor del Consejo General de la Abogacía y de los Colegios de Abogados en la formación de los colegiados para acceder el 1 de enero a LexNET, habiéndose generado ya más de 70.000 carnés ACA para el acceso a la plataforma digital.
SUSPENSIÓN DE PLAZOS EN CASO DE INCIDENCIA
En reconocimiento a esta labor, Dorado ha afirmado que el Real Decreto recoge que cuando por cualquier causa el sistema LexNET la plataforma del Consejo General de la Abogacía Española, aprobadas técnicamente por el Ministerio de Justicia, conectadas a LexNET, no pudieran prestar el servicio en las condiciones establecidas, se informará a los usuarios a los efectos de la eventual realización de actos procesales en forma no telemática y se expedirá, previa solicitud, justificante de la interrupción del servicio o certificado del Consejo General Profesional, expresivo de tal imposibilidad, así como de las causas. El justificante y los certificados que expidan los Consejos Generales surtirán los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 162.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a fin de que el destinatario de las comunicaciones pueda justificar la falta de acceso al sistema de notificaciones por causas técnicas durante ese periodo.
El Real Decreto se aplicará en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia (Castilla y León, Castilla-La Mancha, Murcia, Baleares, Extremadura, Ceuta y Melilla) y en todos los órdenes jurisdiccionales. Las comunidades autónomas con competencias transferidas en materia de Justicia habrán de adoptar las medidas necesarias para asegurar desde el próximo 1 de enero la aplicación de las previsiones introducidas en las recientes reformas de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Ley Orgánica del Poder Judicial en esta materia.
Para alcanzar este objetivo, el Ministerio de Justicia ha firmado convenios de colaboración con las comunidades autónomas y ha puesto a su disposición las herramientas técnicas necesarias para la implantación de las comunicaciones electrónicas. Además, en un esfuerzo por la coordinación institucional y técnica entre todas las instituciones y colectivos implicados, se han mantenido reuniones en el seno de la Comisión Justicia Digital y también en el marco del Comité Estatal de la Administración Judicial Electrónica, en el que están representadas todas las comunidades autónomas, además del Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado.
Las comunicaciones electrónicas en el ámbito de la Administración de Justicia supondrán una mayor agilidad y un incremento de la transparencia de los procesos judiciales, un importante ahorro de costes, la reducción de las cargas administrativas y una mayor seguridad en el tratamiento de la documentación.
A partir de 2017 la obligación de relacionarse de forma telemática con la Administración de Justicia se extenderá a los colectivos de notarios, registradores o a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Asimismo, el Real Decreto desarrolla la posibilidad de que el ciudadano pueda relacionarse electrónicamente con la Administración de Justicia así como que pueda proporcionar su número de teléfono móvil o correo electrónico para recibir mensajes de texto o avisos sobre dónde se encuentra a su disposición el acto de comunicación y la documentación correspondiente.
La aprobación de este Real Decreto se enmarca en el conjunto de medidas adoptadas por el Gobierno en materia de nuevas tecnologías aplicadas a la Justicia:
- Inscripción telemática de nacimientos ante el Registro Civil desde los centros hospitalarios
Desde el 15 de octubre los ciudadanos pueden comunicar electrónicamente desde los centros sanitarios el nacimiento de sus hijos a los Registros Civiles. No será, por tanto, necesario en la mayoría de los casos acudir personalmente a la Oficina del Registro Civil para realizar la inscripción del nacido. Una vez practicada la inscripción, el Registro Civil enviará a los progenitores (preferentemente por vía electrónica) una certificación literal de nacimiento con la que podrán efectuar los trámites que precisen ante otras administraciones.
De momento, se han realizado casi 4.000 solicitudes correspondientes a los 70 hospitales públicos en los que está implantado desde su inicio.
- Sede Judicial Electrónica
El 22 de septiembre el Ministerio de Justicia puso en marcha la sede judicial electrónica de los órganos judiciales del ámbito de su competencia. A partir de ahora, los ciudadanos podrán consultar en la web https://sedejudicial.justicia.es el estado de sus expedientes judiciales, así como acceder al servicio de verificación de códigos de documentos judiciales electrónicos. La sede judicial electrónica es el primer paso hacia un modelo de servicios que haga la justicia plenamente accesible (24 h. x 7 días a la semana), transparente y abierta al ciudadano.
- Celebración de las subastas judiciales y notariales de forma telemática en Portal de Subastas del BOE
Desde el 15 de octubre del 2015 está en marcha un sistema para la celebración de las subastas judiciales y notariales de forma electrónica a través de un Portal único de Subastas electrónicas de cualquier bien dependiente de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Este nuevo sistema permite multiplicar la publicidad de los procedimientos, facilitar información casi ilimitada tanto de la subasta como del bien y, lo más importante, pujar casi en cualquier momento y desde cualquier lugar, lo que hace que sea un sistema más eficiente para todos los afectados.
- Implantación del Expediente Judicial Electrónico en la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
El expediente judicial electrónico facilita el acceso digital de todos los intervinientes judiciales a la documentación del procedimiento. El proceso en la Audiencia Nacional se inició en septiembre de 2010. Todos los escritos dirigidos a cualquier órgano judicial de la Audiencia Nacional se presentan ante este Servicio Común, que se encarga de su recepción, registro, digitalización y catalogación en un gestor documental. A partir de ese momento, todos los intervinientes judiciales autorizados pueden, desde su ordenador, acceder al expediente judicial electrónico para su gestión y tramitación.
Durante 2015, el expediente judicial electrónico ha permitido ahorrar 5,5 MM € en los 18.415 asuntos incoados.
- Implantación del Sistema integrado de Justicia (Cuenca)
Se trata de una modalidad más avanzada del Expediente Judicial Electrónico, con mejores prestaciones que guía al usuario a la hora de utilizar la herramienta. Está implantado en su primera fase en los Juzgados del partido judicial de Cuenca.
- Acceso de las Administraciones al Registro Central de Penados
Las Administraciones Públicas pueden desde ahora acceder a la base de datos del Registro Central de Penados y obtener certificación cuando el administrado no tiene antecedentes. De esta forma, se evita que el ciudadano tenga que presentar documentos que obran en poder de la Administración y se agiliza la tramitación de procedimientos administrativos en los que se precisa los antecedentes penales.
- Envío automático de información sobre violencia de género: requisitorias, medidas cautelares y penas relativas a sentencias firmas (Madrid)
En todos los órganos judiciales de la Comunidad de Madrid ya es posible el envío automático de requisitorias, medidas cautelares y penas relativas a sentencias firmes de violencia doméstica y de género desde el sistema de registros SIRAJ al Ministerio del Interior. Esta medida permite reducir los tiempos de notificación y de tramitación y elimina el uso del papel en las comunicaciones con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.