Blog de Derecho Ambiental
27 enero 2016
Seguimos insistiendo en la Cumbre de París
Ya se que este blog puede resultar muy reiterativo con la Cumbre de París, pero indudablemente el futuro de la tierra está en juego y los políticos, fundamentalmente los de este país nuestro, tan alterado últimamente, no tienen preocupación por este asunto tan grave.
Hoy en este blog colabora Teresa Ribera, que ha tenido una participación muy directa en esa Cumbre. Su artículo plantea una serie de cuestiones trascendentales sobre el Acuerdo y su interpretación.
Muchos recordarán a Teresa Ribera porque fue Secretaria de Estado de Cambio Climático entre 2008 y 2011, cuando todavía España tenía un Ministerio específico en Medio Ambiente. Hoy reside en París, donde es directora del Instituto de Desarrollo Sostenible y Relaciones Internacionales (IDDRI). Además es miembro del “Conseil économique pour le développement durable”, del Ministerio francés de la Ecología, así como del Consejo Asesor del “Institut pour la Recherche du Développment francés”, y del “Global Advisory Council on Climate del World Economic Forum”. Preside el Consejo Asesor de las iniciativas “Momentum for Change” de la Convención Marco de Naciones Unidas de Cambio Climático. Pertenece a la junta ejecutiva del Movimiento por la Paz (MPDL) y al patronato de la Fundación Alternativas.
José Manuel Marraco Espinós
Abogado
¿Un único tratado internacional o un verdadero régimen internacional de clima?
Con frecuencia tenemos tan poco tiempo para pararnos a pensar, que damos por bueno a la ligera lo que nos cuentan siempre que resulte simple y convincente y conforme a aquello a lo que estamos acostumbrados. Es, en gran medida, lo que ocurre en el caso de la cooperación internacional en materia de clima. Hemos asumido con naturalidad que existe una relación lineal simple entre problema y solución, que un único instrumento jurídico es capaz de ofrecer una única respuesta válida para todos, de decir a cada cual lo que tiene que hacer, las sanciones en caso de que no lo haga y las garantías del procedimiento contradictorio que asegure una correcta valoración sobre lo que se hizo o se dejó de hacer.
Lamentablemente, el asunto es más complicado. En materia de clima no bastan ajustes marginales, ni es posible concebir una única solución aplicable por igual para todos, ni consuela que el infractor sea castigado 10 años después. Los desafíos del cambio climático son una carrera contra el tiempo que obliga a transformar radicalmente las bases en las que se asienta el modelo económico y energético de los últimos doscientos años. Las respuestas se han de aplicar en ámbitos geográficos y sectoriales muy diferentes y, con carácter general, son difícilmente gestionables si no están alineadas con otros objetivos de política doméstica considerados prioritarios en cada país (como la eliminación de la extrema pobreza, el fomento del empleo, el acceso a la energía a costes razonables, el crecimiento, etc.).
Ha costado 20 años de aprendizaje entender que un único instrumento jurídico internacional es insuficiente si el resto de la realidad económica y social discurre por sendas distintas. Pero hemos aprendido que la rápida reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y la construcción de una sólida resiliencia frente a los efectos del cambio climático sólo tendría lugar en la medida en que cada cual entienda que es compatible con sus prioridades y puede generar beneficios que no siempre habían sido identificados con anterioridad. Sabemos también que el cambio de actitud a gran escala no depende sólo de un tipo de actor –los gobiernos- sino de la interpretación de los problemas y soluciones y la reacción que se origine frente a ellos a gran escala por parte de los demás actores no gubernamentales –ciudadanos y empresas, inversores y líderes morales…-.
Planteado en estos nuevos términos, el enfoque cambia. El régimen internacional de cambio climático ya no puede encapsularse en un único tratado, las necesidades que debe resolver un acuerdo marco sobre clima son diferentes y se hace imprescindible acertar con las herramientas que ayuden a generar una presión al alza en favor de la acción climática, un proceso de aprendizaje y conciliación con las prioridades colectivas identificadas por cada sociedad en cada momento así como con las prioridades sectoriales en otros ámbitos en los que existe cooperación internacional.
El resultado de París responde a este nuevo enfoque. Resulta especialmente novedoso en tres aspectos. En primer lugar, asume que el cambio no se produce por imposición sino por convicción y, por ello, construye un sistema “a demanda”, acompañado eso sí de herramientas que establezcan las condiciones de contorno adecuadas tanto en términos de compatibilidad con el objetivo colectivo como de construcción de sendas individuales coherentes. Esto significa que cada cual se compromete como quiere pero, por un lado, el compromiso colectivo y sus avances deben ser compatibles con la posibilidad de alcanzar la neutralidad en carbono, asegurar que la temperatura media no se incrementa por encima de 1,5-2ºC y asegurar un nivel de adaptación y resiliencia en congruencia. Y, por otro lado, cada cual debe cumplir aquello a lo que se comprometió y asume revisar cuando quiera y, como mínimo cada 5 años, y siempre al alza su contribución. Es decir… “a demanda” pero no de cualquier manera. Cada cual al máximo de lo que pueda, sin que le sea exigible lo que no puede pero todos al máximo de lo que colectivamente necesitamos.
La segunda característica reseñable es el uso de la transparencia y la rendición de cuentas como mecanismos básicos para generar confianza y presión al alza. El acuerdo de París utiliza y actualiza estos principios de forma acorde a los tiempos que corren: sociedades con acceso a información, capaces de generar valor o desvalor en función de cómo interpreten esa información, de aprender y cambiar rápidamente, sociedades acostumbradas a que todo es susceptible de ser medido o comentado. Por tanto, si estamos ante un problema que requiere un cambio masivo, París genera los mecanismos para asegurar transparencia transversal con arreglo a unidades de medida comunes y comprensibles por todos, facilitando con ello un mayor aprecio de quien más y mejor hace, un aprendizaje colectivo y en tiempo real sobre cómo resolver dificultades y, finalmente, un espiral al alza que combina bien con un reproche creciente hacia quien no actúe o lo haga por debajo de sus posibilidades.
En tercer lugar, París propone un sistema policéntrico en el que la función de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, siendo central, ni es la única ni aspira a serlo. El papel del nuevo acuerdo es el de ofrecer un marco, una plataforma que asegure un espacio para la visión de conjunto, el aprendizaje colectivo, y la evaluación periódica del estado del arte y las necesidades. Pero la acción no se produce sólo en el seno de la Convención; la acción se produce esencialmente fuera, en el ámbito doméstico y el sectorial, en combinaciones flexibles para el cambio, en espacios que son interpelados y a los que se les demanda coherencia e integración progresiva de las premisas climáticas en sus comportamientos y regulaciones, en sus estrategias y en sus prioridades. Es decir, París recopila y exige, es el espejo en el que todos se han de mirar porque si el cambio es inevitable conviene que cada cual lo gestione del mejor modo, pero el interpelado ya no es –como hasta ahora tramposamente se pretendía- el negociador de clima sino el responsable energético y el financiero, el de las infraestructuras y el fiscal, el actor público o el privado… En formas convencionales o novedosas, con partenariados mixtos geográfica y funcionalmente, y todos ellos con un espacio en el que reflejar lo que hacen y sujetos por la obligación de explicar cómo y cuándo cumplen con aquello a lo que voluntariamente se obligaron a sabiendas de que esa misma exposición pública genera una enorme presión de cara a su propia credibilidad y compromiso. Se da por tanto un gran paso adelante: disponemos de un tratado internacional llamado a ordenar todo el proceso y la acción colectiva pero, siendo una pieza central, no es sino un elemento clave de un régimen global que ha de asegurar su rápida adecuación a las premisas de la acción climática, un régimen que parte de los espacios multilaterales sectoriales pertinentes pero convive con otros muchos ámbitos determinantes en la configuración de la realidad económica y social que se ha de cambiar.
Ahora bien, no hay que olvidar que una cosa es ofrecer las premisas correctas para un proceso de cambio a gran escala y otra muy distinta es que éste vaya a tener lugar por sí solo. París necesita el desarrollo de algunas de las soluciones que propone y, sobre todo, necesita la aplicación vigilante de lo acordado y de lo ofrecido. Lo necesita porque sólo construyendo sobre la confianza en nuestras posibilidades podremos tener éxito, lo necesita porque en la lucha contra reloj sólo un buen arranque lleno de energía facilita las etapas que vienen después. Lo necesita porque el mundo ensaya en París un nuevo enfoque sobre cómo conciliar interés particular con interés general frente a un problema global en una aldea global integrada por muy variados actores. Son, precisamente, los próximos 18 meses y la acción en los próximos cinco años los que nos darán la pauta de hasta dónde hemos entendido que las cosas no ocurren solas y que la gestión a demanda y el interés individual no equivalen al escaqueo o la inacción sino todo lo contrario.
Teresa Ribera
Directora del Instituto de Desarrollo Sostenible y Relaciones Internacionales
Ex-secretaria de Estado de Cambio Climático