02 junio 2020

Cristina Colom, vicepresidenta de Themis: “Las ayudas a víctimas de violencia de género son de difícil acceso durante el estado de alarma”

Por Mercedes Núñez Avilés

El confinamiento durante el estado de alarma ha supuesto un crecimiento en las consultas online y en las llamadas en el teléfono gratuito de atención a las víctimas de violencia de género. En este periodo también se han puesto en marcha los chats de WhatsApp para proporcionar apoyo psicológico inmediato a las mujeres u otras aplicaciones móviles para alertar a las fuerzas de seguridad con la geolocalización en caso de urgencia. Cristina Colom, abogada en ejercicio desde 1.991, mediadora desde 2013 y vicepresidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, nos explica cómo se ha llevado a cabo la atención a estos casos durante el estado de alarma, y cómo será la reanudación de su protección en las sucesivas fases de desescalada.

Cristina Colom

1.- ¿Cuáles son los principales miedos de las mujeres maltratadas a la hora de denunciar durante el confinamiento? 

El miedo de las mujeres que sufren violencia de género es el propio confinamiento por estar las 24 horas del día con el agresor. Esta situación aumenta el aislamiento de la víctima, su vulnerabilidad y la dificultad para denunciar o pedir ayuda. Como reacción de autoprotección las mujeres adoptan actitudes de mayor sumisión para intentar que no se produzcan agresiones físicas y/o psicológicas durante el confinamiento. Igualmente refieren miedo a denunciar y a no ser atendidas, a que se desestimen por los juzgados su petición de medidas de alejamiento y orden de protección y teniendo, por tanto, que regresar al domicilio con su maltratador. 

 2.- ¿En qué ha cambiado la forma de atender los casos de violencia de género en tiempos de confinamiento? 

 La asociación de Mujeres Juristas Themis presta una asesoría jurídica gratuita presencial y telefónica  de lunes a viernes y en un amplio horario. Durante el confinamiento, hemos realizado la atención exclusivamente de forma telefónica, concienciadas de la realidad oculta que puede estar produciéndose en muchos domicilios y para facilitar atención jurídica a las víctimas. Nos consta que estando el agresor en el domicilio a las mujeres les resulta más difícil contactar con su representación letrada y poder hablar de forma libre y segura. Sabemos que aprovechan las salidas permitidas para contactar, eliminando posteriormente llamadas o mensajes e insistiendo en sus consultas en que se devuelvan llamadas al teléfono fijo o móvil para no ser descubierta por el agresor. 

 3.- ¿Cómo se han llevado a cabo los seguimientos de víctimas precisos en el día a día, más allá de lo que habitualmente se hace? 

 Por los datos facilitados por el Ministerio del Interior, desde el inicio del confinamiento se han dado indicaciones desde el sistema VioGén de violencia de género para que se realicen nuevas evaluaciones de riesgo sin esperar a los plazos de los propios protocolos, haciendo seguimientos en el día a día, incrementando las que se hacen normalmente y sin esperar a los plazos de los propios protocolos. 

 4.- ¿Qué protocolos se han establecido en las comunidades de propietarios para poder relacionar la convivencia vecinal con la violencia doméstica y de género? 

Una consecuencia del confinamiento no prevista inicialmente ha sido que en las comunidades de propietarios vecinos y vecinas que no se conocían haentrado en contacto al salir a los balcones a aplaudir al personal sanitario. Ello ha servido para impulsar campañas por algunas asociaciones y sitios web para pedir implicación ante sospecha – o convicción – de posibles situaciones de violencia de género en la comunidad, facilitando los teléfonos de contacto con cualquier excusamanifestando la voluntad de denunciar o ser testigo o ayudar en la localización de recursos jurídicos y sociales. 

 5.- ¿Cómo ha sido el funcionamiento de las casas de acogida de las mujeres, tras la concesión de la orden de alejamiento?  

 En supuestos en los que las mujeres precisan un recurso como una casa de acogida remitimos a los Ayuntamientos, trabajadores y trabajadoras sociales u otras asociaciones para que activen dicho recurso. Nos consta que durante el confinamiento la oferta habitacional es muy baja y que en los casos en que las mujeres han intentado acceder a este recurso no ha habido oferta suficiente para atenderlas y ubicarlas en condiciones dignas por no existir alternativa habitacional valida. El propio domicilio debería ser el lugar más seguro para la mujerIntentemos imaginar la difícil situación de tener que abandonar tu propia casa tras una agresión, o por miedo a sufrirla. 

 6.- Se ha notado el efecto del aislamiento en las llamadas al 016 y las consultas on-line?.  ¿Deberían utilizarse estas herramientas digitales el resto del año, no solo en tiempos del confinamiento 

Los datos estadísticos parecen indicar que se han reducido las denuncias por violencia de género interpuestas durante el confinamiento. Sabemos que ello no significa que la violencia no se esté produciendo pues lo que sí ha aumentado es el número de llamadas al 016 y a otros teléfonos de petición de ayuda, por ejemplo, de menores que sufren violencia. El miedo a ser descubiertas ha conllevado que la dirección de e-mail del 016 ha sido más utilizada por las mujeres, así como el servicio de atención emocional y psicológica por WhatsApp. El confinamiento nos ha hecho reflexionar sobre otras opciones de acceso y prestación del asesoramiento jurídico: probablemente deben mantenerse las consultas on line o telefónicas tanto en las Asociaciones o centros de ayuda a la mujer como en los despachos profesionalesconllevan agilidad y resuelven las  limitaciones en cuanto a distancias de seguridad que seguramente en tiempos venideros tendremos que mantener.  

 7.- ¿En qué ha cambiado la atención jurídica y el acceso a ayudas sociales para las mujeres en este periodo?  

 Pese a las medidas adoptadas en las sucesivas normas publicadas durante el estado de alarma sobre las ayudas a colectivos vulnerables, acceso a suministros,  o al alquiler y concretamente en relación a las medidas urgentes en materia y protección a las víctimas de violencia de género (Real Decreto-Ley 12/2020, de 31 de marzo), la realidad es que las ayudas y los recursos son de difícil acceso y hay mucho desconocimiento sobre su tramitación y/o forma de obtenerlos Además, si no hay acceso a internet o si hay dificultad en la utilización de las nuevas tecnologías no pueden tramitarse las solicitudes al no poderse hacer de forma presencial.  

 8.- ¿Cómo valora las peticiones para que, desde la misma presentación de una denuncia por maltrato, la víctima esté asesorada por un abogado/a? 

 La víctima debe tener asesoramiento por abogado/a desde el inicio. Nos consta que se han producido situaciones durante el estado de alarma, en las que en las primeras actuaciones urgentes en situaciones de violencia de género, las víctimas no han tenido asistencia letrada. La asistencia por letrado/a con especialización y formación da seguridad a la víctima en un momento de especial vulnerabilidad. Se están dando situaciones inadecuadas durante el estado de alarma en relación con las actuaciones judiciales, con motivo de las medidas de seguridad que se deben mantener, y por la falta de inmediación que es un principio básico de nuestro sistema procesal.   

9.- ¿Cómo se va a realizar la reanudación del análisis sobre la convivencia entre víctima y agresor y la protección continuada y directa de los profesionales tras el fin de estado de alarma?  

 El fin del estado de alarma conllevará una normalidad “relativa”, pues ya sabemos que las medidas de protección frente al virus se mantendrán como exigencia, y las autoridades sanitarias ya nos han advertido de posibles repuntes en los contagios.  Los poderes públicos deben garantizar que los y las profesionales de la abogacía podamos ejercer nuestra profesión con garantías suficientes, si bien es necesario reactivar los Tribunales y la justicia, ya de por  muy colapsada previamente a la declaración del estado de alarma. Es necesario que se tramiten los procedimientos de familia, se adopten medidas previas y provisionales evitando que se mantengan convivencias insostenibles que ahora mismo se están dando ante la falta de respuesta judicial por la paralización del sistema.  

10.- ¿Qué pasos se deberían llevar a cabo, a su juicio para trabajar en la concienciación y la sensibilización en la sociedad contra esta lacra? 

 La información es esencial: la discriminación y la desigualdad son las causas esenciales de la violencia contra las mujeres. Si la sociedad consigue cuestionar y modificar los roles de género y las actitudes y creencias vinculadas a ellos se dará oportunidad para erradicar la violencia. Se necesita para ello la implicación de gobiernos y organizaciones, que exista legislación específica y que se aplique por los tribunales.  

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