13 julio 2021

Pedro Muñoz: “Las criptomonedas pueden llegar a convertirse en una divisa base como el oro”

Por Javier Álvarez *

Foto: Alberto Carrasco

Las criptomonedas son un tipo de dinero digital creado con código informático que funcionan de forma autónoma fuera de los sistemas gubernamentales y de la banca tradicional pero su uso se ha extendido por todo el mundo. De momento no están sometidas a ninguna  regulación, lo cual genera varias ventajas respecto  al dinero tradicional  al permitir efectuar pagos o transferencias online de forma inmediata y su facil  adquisición a través de portales web y sobre todo cierto anonimato que permite hacer transacciones internacionales de manera discreta.

Aún así, son muchas las dificultades que están encontrando los inversores en este tipo de monedas a la hora de cobrar sus beneficios en los bancos tradicionales por la presión que ejerce la ley de blanqueo de capitales. En LABE Abogados se dedican a asesorarles.

¿Las criptomonedas pueden llegar a convertirse en una divisa base?

No todas las que existen en la actualidad van a poder llegar a alcanzar las propiedades de una divisa base y del dinero en general. A día de hoy cumplen la función de medio de pago a la perfección gracias a la inmediatez e inmutabilidad que proporciona la tecnología blockchain. No obstante, todavía queda para que puedan ser consideradas como unidad de cuenta y depósito de valor.

La que más cerca está de conseguirlo es el Bitcoin. A pesar de las recientes correcciones, se ha consagrado como depósito de valor gracias a su efecto red y la difusión que ya tiene. No es descabellado que en los próximos años sea tomada como unidad de cuenta, conforme más países la admitan como medio de pago de curso; proceso que ya ha comenzado en algunos países latinoamericanos como El Salvador y Paraguay.

¿Pueden sustituir al oro como valor refugio?

Bitcoin e incluso Ethereum pueden sustituir al oro convirtiéndose en la nueva commodity preferida por los inversores. Las criptomonedas y en especial el Bitcoin, superan las debilidades del oro, que es costoso de transportar, dividir y de custodiar. En la actualidad cualquier persona con un móvil y acceso a internet puede custodiar y transaccionar sus criptomonedas de forma relativamente sencilla y barata.

¿Cómo y por qué aparece este producto financiero?

Tiene su origen en distintos papers y trabajos de computer science que se publicaron a finales de los años 90 sobre criptografía. Fue Nick Szabo en el 98 quien aunó todo para lanzar el primer proyecto de moneda digital, Bit Gold. Aunque este no llegó a prosperar, sí pondría la base teórica que seguramente sirvió de inspiración al enigmático personaje Satoshi Nakamoto y el lanzamiento de Bitcoin allá por 2008.

 ¿Los abogados podrían cobrar en bitcoin?

Sí, aunque en España está limitado la parte que un trabajador por cuenta ajena puede cobrar en especie al 30%. No obstante, si este abogado es autónomo puede emitir factura en euros y elegir cobrar sus honorarios en criptomonedas.

 ¿Cuántas personas o entidades cree usted que operan en España con criptomonedas?

Cada día más; en LaBE Abogados vemos como cada vez más personas físicas y jurídicas que no han tenido un contacto previo con el mundo de la criptomoneda y que buscan introducirse en las grandes posibilidades que ofrece la tecnología blockchain, de la mano de un asesoramiento profesional en esta materia. Nosotros les asesoramos desde la creación de las propias wallets, al custodio de claves, aspectos fiscales y contables o incluso como financiar sus proyectos a través de la emisión de “tokens corporativos”.

¿Qué vigilancia tienen sobre este tipo de productos la CNMV o el Banco de España ?

Cada vez están más abiertos a ello, si bien comenzaron avisando del sus potenciales riesgos de la inversión en criptomonedas para el inversor minorista, por la complejidad tecnológica y la alta volatilidad de los activos; actualmente, permiten a las empresas de asesoramiento financiero (EAF) validar emisiones de deuda corporativa tokenizada e incluso a los fondos de inversión españoles invertir en derivados “delta-one”  ligados a la evolución de las criptomonedas.

Las criptomonedas han venido para quedarse, y el regulador siendo consciente de ello, se abre paulatinamente a ellas.

¿La regulación actual, si existe, es suficiente?

Queda mucho en lo que trabajar todavía, sobre todo en materia de plataformas de inversión colectiva, ya que acceder a las mismas es relativamente fácil para el inversor general atraído por las altas rentabilidades y obviando el riesgo de estafa, como en el caso de Arbistar o Nimbus.  

¿Los inversores, bancos o empresas como Tesla ya han mostrado su confianza?

Sin duda es fundamental para la difusión del mundo cripto que empresas cotizadas como Tesla o MicroStrategy se mojen y tengan Bitcoin en sus balances. Ahora, incluso los inversores más cautos pueden tener exposición a criptomonedas de forma indirecta comprando las acciones de compañías que cotizan en el NASDAQ y están reguladas por la SEC.

Esto no ha pasado por alto para grandes inversores institucionales como JP Morgan, Goldman Sachs e incluso BBVA, quienes hace una año veían especulación en el mundo cripto ahora proponen a sus fondos de inversión y clientes de banca privada invertir parte de sus carteras en criptomonedas.

¿Cómo se declaran a Hacienda las inversiones en criptomonedas?

 Dado que son casi infinitos los distintos tipos de rendimientos que podemos obtener por criptomonedas (minería, staking, airdrops, cloud Mining, farming, futuros/derivados, etc.…) es necesario ir de la mano de un buen asesor fiscal que entienda la tecnología y que sepa como tributa cada tipo de rendimiento, así como que nos dé pautas fiscales sobre las posibles inversiones que planteemos acometer. Todo ello, para en el caso de comprobación por parte de Hacienda, poder defender que estamos haciendo bien las cosas y no hemos dejado de declarar nada.

¿Se puede invertir a nombre de otra persona?

Desde LABE Abogados aconsejamos extremar la cautela al comprar criptomonedas en nombre de otras personas, aunque sean amigos o familiares. Tanto en el momento de recibir los ingresos en su banco tradicional como a la hora de declarar los impuestos en la Agencia Tributaria, la inversión en grupo o en nombre de otras personas traerán importantes consecuencias si no se realizan de forma correcta. Por lo tanto, es imprescindible asesorarse correctamente antes de realizar cualquier operación que no sea por cuenta propia.

*Javier Álvarez es Jefe de Tribunales de la SER.

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