23 abril 2014

Abogacía y AECID organizan un curso en Bolivia sobre las garantías en el proceso penal

El Consejo General de la Abogacía Española ha organizado, en colaboración con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el
Desarrollo (AECID), un curso sobre las garantías de los encausados y las víctimas en el proceso penal que se celebra en Santa Cruz de la Sierra (Bolivia) del 21 al 25 de abril.

El curso, en el que  participan abogados de Bolivia, México, Paraguay, Uruguay, Ecuador, Argentina, Guatemala y Perú, fue IMG-20140422-WA0003inaugurado por José Lorenzo García Baltasar,  director del Centro de la AECID, y Sergio Herrero Álvarez, decano del Colegio de Abogados de Gijón y consejero del Consejo General de la Abogacía Española.

Las jornadas se componen de conferencias y mesas redondas, además de talleres de trabajo.

La primera conferencia, impartida por el abogado del Colegio de Bizkaia Borja Vigo Cubilledo,  se centró en los derechos de las personas sospechosas y la asistencia letrada en centros de detención, los aspectos prácticos de la intervención del abogado en la fase de detención. Entre otras se abordaron las posibilidades de intervención del abogado, bien llamado por el interesado o por el Turno de Oficio; la descripción y desarrollo de los derechos que amparan al detenido, desde el derecho a ser informado, derecho a un reconocimiento médico forense, (importante para los abogados a la hora de poder alegar posibles circunstancias modificativas de la voluntad), derecho a entrevistarse con el abogado, (destacando la importancia de esta entrevista para el conocimiento de los hechos pese a las posibles reticencias del detenido) y el derecho a contactar con la familia o, en caso de extranjeros, con el cónsul así como en este caso a un intérprete.


IMG-20140422-WA0009GRUPOS VULNERABLES

El acceso a la justicia de las víctimas de delitos y la protección de los grupos vulnerables, con el desarrollo de las Reglas de Brasilia, fue el tema central de la intervención de Manuel Estrella Ruíz, presidente de la Audiencia Provincial de Cádiz.   En este sentido, se destacó la importancia del acceso a la justicia de las comunidades indígenas, con la trascendencia de la existencia de un intérprete y teniendo en cuenta la existencia de consejos de ancianos y delitos singulares.

Manuel Estrella criticó la Ley de Tasas porque no facilita el acceso a la justicia. Para facilitar el acceso a la Justicia, es importante, a juicio del magistrado,  promover los derechos de los ciudadanos, hay que asistir no solo al detenido, tiene que ser una asistencia global, más ambiciosa, no solo a las personas privadas de libertad, es necesario  modernizar el lenguaje jurídico y simplificar los procedimientos. También es fundamental la publicidad como garantía del proceso y el cuidado de las formas, la solemnidad es una garantía de la justicia, aunque en algunos casos sea preciso no llevarla a cabo como por ejemplo con los menores. Otros aspectos son la coordinación y especialización, y la necesidad de instaurar medios alternativos a la justicia:  “es fundamental, la mediación, no el arbitraje, la mediación favorece la cultura de la paz así como de la reparación a la víctima, la importancia de la justicia restaurativa”.

MEDIDAS CAUTELARES

En la mesa redonda sobre medidas cautelares y mecanismos de protección de las víctimas de delitos en los sistemas jurídicos iberoamericanos,  partiparon Alicia Schiappacasse de Uruguay y Gabriela Berenice, de Ecuador. Berenice puso de manifiesto la situación en Ecuador a raíz de la aprobación de una nueva constitución en el año 2008, Constitución que establece una especial atención a las víctimas y protección a víctimas y testigos y familiares y personas allegadas. Curso Bolivia

Alicia Sschiappacasse explicó que el sistema uruguayo, en el que el proceso es inquisitivo y no acusatorio, si bien no se contemplan medidas especiales de garantía, si se intenta la no revictimización y una serie de medidas de protección a las víctimas de violencia de género.

DEFENSA DEL ENCAUSADO

La jornada del día 22  dio comienzo con la intervención de  José Manuel Conejo, abogado de ICA Málaga y miembro de la Junta de Gobierno de dicho Colegio, que se centró en la defensa del encausado y del abogado de la víctima durante la fase de instrucción en el proceso penal.

 La mesa redonda de la tarde sobre el secreto y publicidad de actuaciones en el proceso penal y repercusión en los medios de comunicación se desarrolló con las intervenciones de Juan Ignacio Aime, abogado argentino que desempeña su trabajo en el juzgado penal juvenil de Córdoba, Hugo Roberto Martínez Rebulla, abogado de Guatemala y Borja Vigo Cubilledo, abogado del Colegio de Bizkaia.

 ACTUACIÓN DEL ABOGADO

Sergio Herrero, Decano de Colegio de Abogados de Gijón abrió la sesión del día 23 abordando la actuación del abogado tanto desde el punto de vista de la acusación como de la defensa y en concreto respecto de la proposición, práctica y en su caso impugnación de la prueba, el derecho a valerse de los medios de prueba necesarios para la defensa: propuesta y práctica en el juicio oral.

Destacó el nuevo camino que se abre con la sentencia 48/14, 27 de enero de 2014, del Tribunal Supremo, respecto de las consecuencias de la revisión por un tribunal superior de una prueba denegada indebidamente. Hasta ahora la legislación y jurisprudencia consolidada, obligaban a que dicha revisión conllevara la repetición del juicio en su conjunto, con un tribunal distinto del juzgador, sin embargo, la mencionada sentencia, con cita de una directiva europea sobre la necesidad de no revictimizar a las víctimas, estima que cuando no se trate de modificación del hecho delictivo objeto de condena, sino que se trate de supuestos en los que se discuta la denegación de una prueba pericial psiquiátrica, que pueda conllevar la revisión de las circunstancias modificativas de la responsabilidad, cabe la revocación parcial de la sentencia y que el mismo tribunal celebre nuevo juicio respecto de la sola existencia o no de la alteración de responsabilidad, quedando claro la perfecta deslindabilidad el tema con lo ya decidido, y la inutilidad de la repetición del juicio, lo que podría tener consecuencias perniciosas. La sentencia supone una novedad absoluta.

Por su parte, Marcos Vázquez Guzmán, abogado del Colegio de Abogados de Ourense, centró su intervención en la formación de los abogados como fundamento de las garantías de los derechos en el proceso penal, la capacitación y ejercicio profesional de los abogados: formación para el acceso a la abogacía y sistemas de colegiación.

Tras hacer un breve repaso por la situación española hasta el actual momento, Vázquez explicó la adaptación del sistema español a las situaciones existentes en el resto del espacio europeo, lo que ha conllevado a la regulación del sistema de acceso a la profesión con la Ley 34/2006. El nuevo sistema obliga a llevar a cabo una formación de 90 créditos de los cuales 30 tienen que ser prácticas, para lo que es necesaria la colaboración de los Colegios de Abogados con las universidades y es importante la gestión de las prácticas en instituciones y despachos.

Este período formativo, que culmina con la necesidad de superación de un examen, conlleva ciertas críticas por la tendencia teórica que se ha detectado en el desarrollo del período formativo, críticas que se extienden a la configuración final del examen o prueba de evaluación al quedar configurada como un tipo test, carente de oralidad y por tanto de la posibilidad de comprobación de capacidad de síntesis y desarrollo del aspirante a abogado, según Vázquez.

GARANTÍAS PROBATORIAS

La celebración de la mesa redonda sobre las garantías probatorias y publicidad del juicio oral versus medidas de protección de testigos, contó con la participación de Sergio Herrero, Víctor Manuel Vega González, Juez de Garantías de Paraguay, y Pedro Gonzalo Chávarry Vallejos, fiscal de Perú.

Los talleres de la última jornada versaron sobre la garantía para la persona detenida: normativa sobre asistencia letrada y análisis detallado de su intervención en la fase policial, de forma comparativa en los sistemas iberoamericanos y la intervención de la víctima a lo largo del proceso: análisis comparativo de los sistemas con monopolio de la acción penal por el ministerio fiscal y con posibilidad de ejercicio de la acusación particular y/o popular.

Los asistentes también pudieran asistir a varios juicios celebrados ante el Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz de la Sierra.

 

 

 

 

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