19 noviembre 2024

Aprobado el nuevo Reglamento de Extranjería con cinco tipos de arraigo

 

Cola de inmigrantes una una oficina de extranjería en Madrid. EUROPA PRESS

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un nuevo Reglamento de Extranjería para responder a la situación migratoria actual y satisfacer las necesidades del mercado laboral y de las personas migrantes.

“Recoge todas las vías de entrada a nuestro país, así como los permisos para las personas que vienen en busca de un futuro mejor”, señaló en rueda de prensa la Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.

“Representa un equilibrio entre la extensión y protección de los derechos de las personas migrantes y el rigor jurídico y la atención a las necesidades de España. Aporta seguridad jurídica, simplifica trámites y protege derechos, pero además ofrece nuevas posibilidades a las personas que hayan decidido desarrollar su proyecto de vida en España, a ellas y a sus familias”, ha explicado.

Además, este nuevo texto, que sustituye al anterior que tenía 13 años, “va a servir para combatir a las mafias, el fraude y la vulneración de derechos”, añadió.

Principales novedades: visados

El nuevo reglamento tiene un apartado especial sobre visados, de corta y larga duración. Todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año y las renovaciones, de cuatro. Y ya no será necesario abandonar nuestro país para obtener la residencia de larga duración después de haber tenido una temporal.

“Debemos permitir a las personas realizar su proyecto de vida en España facilitando los cambios de estatus, por ejemplo, si un estudiante viene a formarse y luego se incorpora al mercado laboral, o si un familiar reagrupado decide obtener un permiso de trabajo propio”, ha explicado Elma Saiz.

También se ha extendido a un año el visado para la búsqueda de empleo, que antes era una autorización de tres meses. Este visado permite la búsqueda de empleo en determinadas ocupaciones y ámbitos territoriales.

Principales novedades: cinco figuras de arraigo

Además la nueva norma contempla cinco modalidades de arraigo: el social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad,  dirigido a las personas que han tenido una autorización de residencia en los últimos dos años y no se hubiera renovado por diversas razones.

“El objetivo es reforzar y ampliar las vías de acceso a la regularización de las personas migrantes que están en España, para que puedan llevar una vida plena como ciudadanos: tener derechos y tener deberes”, señaló a la ministra.

“Estimamos que se podrían regularizar unas 300.000 personas cada año en los próximos tres años”, aseguró.

La mayor parte de las autorizaciones reguladas en este reglamento habilitan para trabajar desde el primer momento, sin tener que solicitar de forma expresa una autorización inicial de trabajo por cuenta ajena. Esto incluye a las personas que vienen a realizar estudios, que podrán trabajar hasta 30 horas a la semana.

También se ha mejorado la reagrupación familiar. Se ha creado para ello una autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles, en cuyo caso se amplía la edad de los hijos hasta los 26 años (antes 21), y se contempla la posibilidad de incluir a las parejas no registradas formalmente que puedan acreditar una relación afectiva análoga.

La mayoría de las personas que se van a beneficiar de esta medida son personas que han obtenido la nacionalidad española en los últimos años y pueden traerse a su familia. También se amplía el concepto de familiar reagrupado a los hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.

En cuanto a las actividades de temporada, se ha creado una autorización específica de residencia y trabajo que facilita la contratación tanto a nivel individual como colectivo. Además, se mejora la protección de los derechos de los trabajadores, ya que deberán tener información concreta y escrita de sus condiciones laborales, de estancia y demás gastos.

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