25 mayo 2021

Certificado Covid digital de la UE: acuerdo provisional entre el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE

Los negociadores del Parlamento Europeo y del Consejo de la UE han llegado a un acuerdo provisional para un certificado Covid digital de la UE que facilite la libre circulación en Europa durante la pandemia.

El certificado estará disponible en formato digital o en papel. Atestiguará que una persona ha sido vacunada contra el coronavirus o tiene un resultado negativo reciente en la prueba o se ha recuperado de la infección. En la práctica, serán tres certificados distintos. Un marco común de la UE permitirá a los Estados miembros emitir certificados que luego serán aceptados en otros países de la UE.

La regulación del Certificado Covid digital de la UE debería estar vigente durante 12 meses. El certificado no será una condición previa para ejercer el derecho a la libre circulación y no se considerará un documento de viaje.

Para que las “pruebas asequibles y accesibles” estén más disponibles, la Comisión Europea se ha comprometido a movilizar “al menos 100 millones de euros” en el marco del Instrumento de apoyo de emergencia para la compra de pruebas para la infección por SARS-CoV-2 con el fin de emitir certificados. Esto debería beneficiar particularmente a las personas que cruzan las fronteras a diario o con frecuencia para ir al trabajo o la escuela, visitar a familiares cercanos, buscar atención médica o cuidar de sus seres queridos. Los negociadores acordaron que, de ser necesario, se deberían movilizar fondos adicionales por encima de 100 millones de euros, sujeto a la aprobación de las autoridades presupuestarias.

Los Estados miembros no deben imponer restricciones de viaje adicionales en respuesta a la pandemia de COVID-19, como cuarentena, autoaislamiento o pruebas, “a menos que sean necesarias y proporcionadas para salvaguardar la salud pública”. Debe tenerse en cuenta la evidencia científica disponible, “incluidos los datos epidemiológicos publicados por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC)”. Dichas medidas deben notificarse a los demás Estados miembros y a la Comisión Europea a más tardar con 48 horas de antelación.

Los Estados miembros deben aceptar certificados de vacunación emitidos en otros estados miembros para personas inoculadas con una vacuna autorizada para su uso en la UE por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) (actualmente Pfizer-BioNTech, Moderna, AstraZeneca y Janssen). Corresponderá a los Estados miembros decidir si también aceptan certificados de vacunación que hayan sido autorizados por otros Estados miembros siguiendo procedimientos de autorización nacionales o para las vacunas enumeradas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para uso de emergencia.

Los certificados serán verificados para evitar fraudes y falsificaciones, así como la autenticidad de los sellos electrónicos incluidos en el documento. Los datos personales obtenidos de los certificados no se pueden almacenar en los estados miembros de destino y no habrá una base de datos central establecida a nivel de la UE. El listado de entidades que tratarán y recibirán datos será público para que los ciudadanos puedan ejercer sus derechos de protección de datos en virtud del Reglamento General de Protección de Datos.

El presidente de la Comisión de Libertades Civiles y ponente Juan Fernando López Aguilar (S&D, ES) dijo: “Si bien el acuerdo alcanzado no satisface plenamente las demandas del PE, ciertamente significa una mejora importante del statu quo actual para millones de ciudadanos de la UE. El certificado Covid digital de la UE restablecerá la libre circulación dentro de la UE, a medida que los estados miembros comiencen a eliminar las restricciones a la libre circulación en Europa. Este acuerdo es el primer paso para volver a encarrilar el espacio Schengen”.

El texto acordado se someterá ahora a la Comisión de Libertades Civiles del PE el 26 de mayo y luego al Pleno para su aprobación, así como al Consejo. Si la comisión lo confirma, se presentará para su adopción durante la sesión plenaria de junio (7-10 de junio de 2021). El Consejo de la UE también debe respaldar el acuerdo.

 

Fuente: https://www.europarl.europa.eu/news/en/press-room/20210517IPR04111/eu-digital-covid-certificate-provisional-deal-between-parliament-and-council

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