16 junio 2020

`Conferencias Especial Covid´: “El Texto Refundido de la Ley Concursal va a coexistir un tiempo con la normativa COVID-19, vigente hasta el 14 de marzo de 2021”

“La Ley Concursal: novedades del texto refundido” fue el tema abordado en la  Conferencia online especial covid-19, impartida el 15 de junio, un ciclo formativo, puesto en marcha por el Consejo General de la Abogacía Española, centrado en temas de vital importancia en este estado de alarma. La sesión contó con la participación de Nuria Auxiliadora Orellana Cano, magistrada especialista de Mercantil en la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Cádiz, que realizó una aproximación a la regulación del texto y a algunos de los aspectos novedosos en materias tales como solicitud y declaración de concurso, sus efectos, régimen de la administración concursal, determinación de la masa activa y pasiva, enajenación de unidades productivas, conclusión de concurso y segunda oportunidad.

El pasado 7 de mayo se publicó en el BOE el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC). El texto obedece al objetivo de refundir, clarificar y ordenar la confusa legislación concursal. Y lo hace ahora, coincidiendo con una de las peores crisis económicas de la democracia, un momento en el que se estima que España podría sufrir el mayor número de concursos de su historia, por encima incluso de la crisis que dio comienzo en el año 2008. “El Texto Refundido de la Ley Concursal que entrará en vigor el próximo 1 de septiembre va a coexistir un tiempo con la normativa COVID-19, que en su mayor parte se mantiene vigente hasta el 14 de marzo de 2021.”,confirmó.

El TRLC entrará en vigor el 1 de septiembre de 2020 y, entre otras normas, derogará la vigente Ley Concursal 22/2003, de 9 de julio, y algunas  de sus disposiciones adicionales y finales. Después de su aprobación en 2003, la Ley Concursal ha sido modificada en un total de 28 ocasiones. La ponente comenzó reconociendo que “es difícil encontrar una Ley que, en tan pocos años, haya experimentado tantas y tan profundas modificaciones”. Explicó  que el nuevo Texto refundido modifica tanto su sistemática como su contenido. Pocos preceptos coinciden en la numeración, sólo los primeros. Asimismo cambia la redacción de la mayoría y contiene también modificaciones de contenido.

“Queda aún  pendiente la reforma que va a suponer  la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, a fin de establecer mecanismos de alerta ante el riesgo de insolvencia, regular de forma más completa los procesos de reestructuración preventiva de las deudas y ampliar las posibilidades de obtención del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho”, apuntó.

Hasta que no se lleve a cabo su desarrollo reglamentario, no entrarán en vigor los preceptos referidos a la administración concursal, cuya regulación coincide con la que se introdujo en la Ley Concursal de 2003 por la Ley 17/2014 de 30 de septiembre, continuando aplicándose  los artículos 27- condiciones subjetivas para el nombramiento de administradores concursales-, 34 – retribución de la administración concursal-, y 198 -Registro Público Concursal- de la Ley Concursal de 2003, que permanecerán vigentes en su redacción anterior a la Ley 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación empresarial”, señaló.

En la ponencia de expusieron las principales novedades del Libro I del Texto Refundido referido al concurso de acreedores en aquellos preceptos que han sido modificados, explicando de forma ilustrativa algunas de dichas modificaciones siguiendo el orden de exposición del propio Texto Refundido, pretendiendo con la ponencia una aproximación a dichas novedades, a fin de que sirviera de un primer repaso o toma de contacto con la nueva normativa y con los aspectos que difieren de la Ley todavía vigente.

Por último, la magistrada quiso destacar la importancia de la formación en estos momentos y agradeció a la Abogacía Española esta oportunidad. “Por la proliferación normativa durante el estado de alarma, por las propias modificaciones de esas mismas normas por las sucesivas, que hace muy conveniente para el abogado el conocimiento de esa nueva normativa en este proceso de desescalada en el ámbito de la Administración de Justicia. Y, más específicamente, en el caso del nuevo Texto Refundido de la Ley Concursal, que pasa de llegar al artículo 242 bis a tener 752 artículos, exige al profesional ese compromiso de preparación para la previsible avalancha de nuevos concursos en los Juzgados de lo Mercantil“, señaló.

Las Jornadas formativas, a la que asisten miles de ciudadanos y a las que se puede acceder de forma gratuita, previa inscripción, hasta el 25 de junio, se desarrollarán en la modalidad on-line a través de eventos directos de TEAMS..

A través de conferencias online se aportarán herramientas formativas de máxima calidad que faciliten el reciclaje permanente que el ejercicio de la abogacía requiere, en estos momentos en que las circunstancias nos derivan hacia nuevas normativas a tener en cuenta en el ejercicio profesional.

Las jornadas tendrán lugar en horario de tarde y se podrán seguir online, durante los meses de mayo y junio de este año, a través del enlace https://www.formacionabogacia.es/.

 

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