18 enero 2023

Consideran accidente laboral el ocurrido en el trayecto en coche de una residencia a otra

Un juzgado ha estimado que un accidente de tráfico sufrido por un trabajador un domingo por la tarde en el trayecto en coche entre su domicilio y la residencia en la que habita entre semana es un accidente de trabajo in itinere.

“La denuncia, presentada ante el Juzgado de lo Social nº 11 de Bilbao, contribuye a generar más jurisprudencia para adaptar el concepto de accidente in itinere a la realidad del mercado de trabajo”, afirma Beatriz Escribano, de Comisiones Obreras que ha conseguido el fallo.

El trabajador afectado sufrió el accidente en el desplazamiento entre la Comunidad de Madrid y Bizkaia, provincia en la que reside entre semana por motivos laborales. Al no poder desempeñar su trabajo debido a las molestias derivadas del accidente acudió a la Mutua.

Asepeyo no sólo no reconoció el origen profesional del accidente, debido al cual el trabajador ha tenido que permanecer de baja médica, sino que impugnó la resolución de la Seguridad Social que sí reconocía lo acontecido como accidente de trabajo, explica la letrada.

“Si bien el trabajador no se dirigía directamente al puesto de trabajo, la finalidad del viaje sigue determinada por una motivación laboral. El trabajador viajaba para incorporarse al día siguiente a su puesto de trabajo, circunstancia que no rompe el nexo causal entre trayecto y trabajo”, apunta.

“El concepto de accidente de trabajo “in itinere” está en camino de conectar con las nuevas realidades sociales y ha de adaptarse a nuevas necesidades como las de conciliación del trabajo con la vida familiar”, agrega.

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