24 junio 2014
Derecho de los animales: ellos también cuentan
Por Sandra Gómez-Carreño Galán
Están presentes en muchos momentos de nuestra vida. Nos han acompañado a lo largo de la historia. En no pocas ocasiones, nos ofrecen grandes lecciones. Pero, sobre todo, están vivos y compartimos con ellos este planeta. Pertenecen a especies distintas a la humana, pero cada tienen más protagonismo en la sociedad. Y cada vez esa sociedad está más sensibilizada hacia el maltrato, la explotación, la tortura, el abandono y la estigmatización a la que son sometidos, todavía con demasiada frecuencia. Fruto de esta nueva conciencia, algunos abogados, todavía pocos pero cada vez más y con más fuerza, han decidido dedicar parte o toda su labor profesional a los derechos de los que no pueden hablar y defenderse por sí solos: los animales.
Arancha Sanz es la abogada de la Sociedad Protectora de Animales y Plantas de Madrid (SPAP), y para ella, “el hecho de que nuestra sociedad demande cada vez más respeto y protección a los animales demuestra que es una rama del Derecho en auge, y empiezan a despuntar especialistas en esta materia. Esto es muy importante para los defensores de los animales, y además trae consigo un avance en la mentalidad de los jueces y fiscales y organismos administrativos sancionadores que hasta hace muy poco veían como algo superfluo que se les hiciera emplear tiempo en atender estos asuntos”.
De una opinión similar es Carles Soliva, titular del Bufete Soliva y vicepresidente de la Comisión de Derechos de los Animales del Colegio de Abogados de Barcelona. Sin embargo, para él, esta rama del Derecho “es interdisciplinar y transversal. Puedes intervenir defendiendo un maltrato o un abandono, en la jurisdicción penal o reivindicando un perro, gato u otro animal en la jurisdicción civil, o intervenir en los procedimientos sancionadores administrativos como coadyuvante o incluso en los procesos de derecho de familia, cada vez un conflicto más frecuente. El Derecho, como la vida, está interrelacionado y debemos aspirar a que los derechos de los animales estén incardinados con el resto de derechos”.
Leticia López, abogada y también miembro de la Comisión de Derechos de los Animales del ICAB también cree que este derecho está íntimamente relacionado con otros órdenes, y que por lo tanto no constituye una rama en sí. Sin embargo, considera que “la sociedad cada vez demanda más soluciones jurídicas en torno a la esfera de los animales y por tanto se hacen necesarios profesionales especializados en la legislación que les afecta para poder emplear los máximos mecanismos legales para la protección de sus intereses. Y eso implica que cada vez esté más normalizada la defensa de esos intereses en sus relaciones con los seres humanos, ante los tribunales y en el funcionamiento de las administraciones públicas”.
Por su parte, Víctor Valladares, socio director del despacho Logan Lex, con oficina en Madrid, y especializado en Derecho de los Animales –además de ser fundador de la ONG Asociación Contra el Maltrato-, advierte que a pesar de su caso y del momento de auge que se puede estar viviendo, todavía esta especialización “a nivel profesional o económico para un despacho de abogados tradicional, es muy poco atractivo por los inocuos beneficios económicos que aporta, consume mucho tiempo de tu trabajo, si bien, a nivel personal es una satisfacción cuando consigues un pequeño “logro” por un animal. Es una rama demasiado vocacional. Además, a nivel formativo, existen muy pocos seminarios o cursos específicos que se dediquen a ello, fundamentalmente porque a nivel nacional la normativa es muy escasa y a nivel autonómico resulta un caos”.
Falta de regulación estatal, leyes ambiguas y penas poco contundentes
Y es que este es el principal problema que citan todos los abogados especializados en defender a los animales: la falta de una regulación estatal y la proliferación de normas autonómicas, cada una distinta de la otra, que hace más complicado aún conseguir luchar de forma eficaz contra los abusos a los animales. “A día de hoy carecemos de una Ley de Protección Animal a nivel nacional, contando cada Comunidad Autónoma con la suya propia y cada municipio con su Ordenanza Municipal correspondiente. Es decir, el galimatías normativo es innecesario, inmenso e improductivo”, señala Valladares.
Ante esta situación, “nos encontramos con que unos mismos hechos se consideran infracción o no según el lugar donde se cometan y la cuantía de las sanciones varía mucho también según cada comunidad. Por ejemplo una sanción muy grave por maltrato en Madrid tendría una multa como máximo de 15.000 euros y en Aragón podría llegar a ser de 150.000 euros si el resultado es la muerte del animal”, añade Arancha Sanz. “En la práctica nunca llegan a imponerse tales cantidades porque al fijarse las cuantías entre dos márgenes, siempre suelen quedarse en sus límites mínimos”, lamenta Leticia López, y las penas más “duras” se aplican solo a casos de maltrato constatado. Si la denuncia es por abandono o por falta de cuidado a un animal, en algunas comunidades ni siquiera está tipificado como falta.
Además de esta dispersión legislativa, otro de los problemas es la falta de concreción en el Código Penal para los delitos de maltrato animal, y la falta de penas contundentes y disuasorias. “El Código Penal considera delito en su artículo 337 “el maltrato injustificado a un animal”, con la pena de tres meses a un año de prisión e inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales. Pero, ¿cuándo es justificado cualquier maltrato?”, se pregunta Arancha Sanz. “Esta redacción deja abierta la posibilidad de que algún juez considere la existencia de alguna justificación ante el maltrato a un animal”. “Cada año en nuestro país miles de animales son maltratados gravemente, permanecen toda su vida atados o encerrados, están desatendidos o no alimentados, golpeados, arrojados a pozos o ríos, ahorcados, mutilados, y un largo etcétera. Las sanciones y penas que se imponen son irrisorias en proporción a los mismos”, recuerda Leticia López, y “hay multitud de casos que terminan archivados por inactividad de la administración”. Con la última reforma del Código Penal, las penas por delito de maltrato animal se aumentan hasta un máximo de 18 meses cuando se cause la muerte y además se añade una pena adicional “de dos a cuatro años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales domésticos o amansados”, pero para Leticia López, “nos encontramos en la misma situación que ahora, al ser la pena inferior a dos años, no supondrá el ingreso en prisión de quienes carezcan de antecedentes”. Hasta el momento, solo dos personas han ido a la cárcel por torturar hasta la muerte a un animal -en ambos casos condenados por la misma juez de Baleares, uno de ellos por apalear hasta la muerte a un caballo y otro por matar de hambre a un perro. Pero el problema es que nuestro ordenamiento jurídico nacional considera a los animales seres muebles, no seres sensibles –salvo en el Código Civil de Cataluña.
Las multas no son menos irrisorias, unos 180 euros de media, por maltrato cruel a un animal en espectáculo no autorizado, y mucho menores por abandono, una falta que además añade la dificultad de tener que probarse para que sea perseguida, pero la mayoría de los animales abandonados no están identificados con chip, de manera que resulta imposible sancionar al irresponsable autor.
“Normativamente hablando, nos encontramos casi en el mismo punto que hace 20 años”, asegura Víctor Valladares, para el que serían necesarias varias medidas para mejorar la desoladora situación de los derechos de los animales –medidas que trasladó al ministerio del Interior en 2013 tras una consulta de este organismo a su despacho en este sentido. Al margen de la tan reclamada Ley de Protección Animal estatal, que endurezca las sanciones y establezca incluso cursos de “reeducación”, Valladares considera que estos casos deberían enjuiciarse con juicios rápidos. Además, propone la creación de un Consejo de Protección de Animales a nivel nacional, la especialización de un departamento del SEPRONA en maltrato animal, o el establecimiento de un sistema informático que filtrara las denuncias solo de este ámbito.
Tráfico de especies, experimentación y peleas: dramas sin apenas persecución
La falta de un marco legal protector hace aún más titánico el trabajo que hay por delante. Dentro de los muchos problemas con los que se encuentran los defensores de los derechos de los animales está el tráfico ilegal de especies –el tercero más lucrativo tras el de drogas y armas-, donde “hay dos situaciones diferentes”, según explica Arancha Sanz. “Si el tráfico afecta a especies en peligro de extinción capturadas en libertad (Anexo I CITES) el marco legal es más restrictivo y las sanciones más eficaces. Sin embargo si el tráfico se efectúa sobre especies que no están en peligro de extinción o nacidas en cautividad (Anexo II CITES y especies que no aparecen en CITES) tanto la legislación como las sanciones previstas son demasiado suaves. Es decir, desde una perspectiva legal la persecución del delito y su castigo va a estar directamente relacionado con el valor de la especie, no con el daño al animal”. Además, una vez introducido el animal como mascota, “las legislaciones sobre animales de compañía en muchas ocasiones no cubren a este tipo de especies”, aunque ahora el nuevo Código Penal amplía su ámbito a animales que, aun no siendo domésticos, viven bajo el control humano y no vivan en estado salvaje.
No obstante, en España “el legislador ha apostado por establecer listas que incluyen las especies que no se pueden mantener como mascotas, lo que en la práctica ha supuesto diferentes listados interminables (Ley de Protección Fauna y Flora, RD de Especies Invasoras, Ley de Tenencia de Animales Peligrosos…) de imposible vigilancia y aplicación”, denuncia Sanz. “La solución al problema suele ser el exterminio de especies que han sido abandonadas, como ocurre con las autorizaciones para disparar a cotorras y mapaches en la Comunidad de Madrid, que se regulan dentro de una orden anual de caza y que ha sido recurrida por segunda vez desde la SPAP. También se autoriza la de otros animales de compañía como el perro y el gato que según esta orden dejan de ser domésticos y pasan a considerarse animales asilvestrados por el simple hecho de no encontrarse bajo el control del hombre, así que se les deja de aplicar la ley que obliga a recogerlos y esperar unos plazos para su recuperación o adopción”, lamenta.
La experimentación con animales ha sido siempre uno de los temas más polémicos en este aspecto. “La experimentación con fines cosméticos está prohibida en la UE, así como importar ingredientes que hayan sido testados en animales”, puntualiza la abogada de la SPAP. “En cuanto a los sectores farmacéuticos y médicos, los principales problemas vienen derivados de los protocolos de autorización de proyectos a través de los Comités Éticos que no siempre mantienen la independencia esperada. Una adecuada interpretación de la legislación exigiría una puesta en común de resultados y una base de datos accesible sobre experiencias previas además de una formación en protocolos de actuación y metodologías de trabajo, así como la investigación de métodos alternativos allí donde no existen todavía y que se agilicen los trámites burocráticos en el seno de la UE para la validación de ensayos alternativos”.
Otro de los grandes problemas actuales son las peleas de perros y gallos, que siguen existiendo en ciertos círculos, y que apenas se persiguen, según Arancha Sanz. “Hay redes y organizaciones de peleas con apuestas que mueven mucho dinero, con unas consecuencias muy crueles para los animales y no se están poniendo los medios para investigarlo. Dada la pasividad de la administración ante estos casos, hemos solicitado que se articule un protocolo para que ante la llamada de cualquier ciudadano se actúe y se investigue cualquier situación en la que haya indicios de maltrato. Es muy importante la colaboración ciudadana. Si no se atreven a denunciar, se puede poner en conocimiento de alguna protectora para que se interponga la denuncia”, solicita.
Cada vez más presentes en la sociedad
Más allá de estos oscuros asuntos que afectan a animales domésticos y salvajes, lo cierto es que en la sociedad actual los animales están cada vez más presentes, y generan situaciones nuevas que necesitan una adaptación de las reglas. Por ejemplo, es cada vez más frecuente que las aseguradoras cubran los daños que pueden sufrir las mascotas, y también los daños que pueden producir por falta de responsabilidad del dueño. Además, según Leticia López, “cada vez los profesionales del Derecho son más conscientes de que los animales son considerados un miembro más de la familia y entienden que cuando se produce la ruptura de una pareja, las partes busquen regular cual va a ser el destino de ese animal”. Y es que “los animales son considerados bienes objeto de apropiación en virtud del artículo 333 del Código Civil, con carácter indivisible por lo que se les debe aplicar la regla de la indivisión del artículo 401 del Código Civil y por lo tanto debe determinarse con quien se queda el animal, de manera que suelen regularse acuerdos sobre la custodia, e incluso regímenes de visita –aunque en este caso su incumplimiento no puede ser exigido a la otra parte”. En su opinión, “los abogados deben empatizar con el cliente en este sentido y comprender lo importante que es para su defendido. Aunque sean considerados bienes muebles, no se pueden adjudicar con el mismo criterio que se utilizaría con un coche”.
Además de los procesos de divorcio, otro de los aspectos sociales de los animales de compañía atañe a su control por parte de los dueños. La dispersión en este sentido es igualmente amplia, con ordenanzas municipales por doquier, pero sí existe una ley nacional que sigue causando mucha polémica: la de Perros Potencialmente Peligrosos (PPP). “La primera ley de este tipo es la 50/1999 de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, y que surgió a raíz de unos desafortunados ataques de perros a personas que tras hacerse públicos crearon una gran alarma social, y el resultado fue una ley ineficaz, injusta y nada coherente”, considera López. Posteriormente, el RD 287/2002, de 22 de marzo estableció qué perros son considerados potencialmente peligrosos, lo que logró estigmatizar a ciertas razas de manera injusta, porque “ni una raza ni unas características físicas concretas pueden determinar la agresividad de un animal. Estudios de genética han señalado que el comportamiento agresivo no está ligado al genotipo de un perro”, denuncia López. Además, cada ayuntamiento puede incluir las razas que considere como potencialmente peligrosas a su libre criterio, de manera que una raza podrá ser potencialmente peligrosa en una comunidad autónoma y en otra no. “Hay países donde ya se han modificado o derogado las leyes que regulaban los perros potencialmente peligrosos, como Italia, Alemania y Holanda”, añade.
La potestad de los ayuntamientos para regular las relaciones con los animales domésticos consigue que ciertas ciudades hayan dado más pasos que otras en este sentido. Barcelona, por ejemplo, presentó hace dos años una ordenanza municipal en este sentido que, aunque criticada en muchos aspectos, ha vuelto a demostrar que la capital catalana es pionera en la preocupación por el bienestar animal. Carles Soliva señala en este sentido que aunque la Comisión del Colegio de Abogados estudió las alegaciones que se podían presentar para mejorar la ordenanza, tiene muchas cosas buenas, como la obligación de que los perros vayan siempre con correa, “para que esté controlado por la persona que pasea con él, no sólo por los demás, sino por el propio perro u otros de su especie. He defendido numerosos casos ocasionados por no llevar a los perros con las debidas medidas de control”. También valora positivamente la posibilidad de que los perros puedan viajar en el Metro y autobuses de Barcelona –algo que también se ha planteado en Madrid y en otras ciudades-, así como que haya sanciones para quien deje a un perro durante un largo periodo solo en su domicilio “ya que puede ser una forma sutil de abandono… con prueba pertinente, por supuesto”. En general, Soliva considera que “la intención de la normativa es en beneficio de los animales y de la convivencia entre los que caminan a cuatro patas y los que caminamos a dos”.
Caza y espectáculos con animales: la polémica está servida
Cataluña, con Barcelona a la cabeza, fue objeto de polémica hace años al prohibir las corridas de toros en la Comunidad tras tramitarse una ILP en el Parlamento, y al declararse la capital catalana –junto con otras ciudades de la comunidad y de otras partes de España- como ciudad no taurina, para orgullo de los animalistas y disgusto del sector taurino, que contraatacó con la declaración de Bien de Interés Cultural a la tauromaquia en otras zonas. A esta iniciativa se han unido otras ciudades que se han declarado libre de espectáculos taurinos. Sin embargo, y a pesar del sufrimiento animal constatado también en otras celebraciones, no se han prohibido fiestas populares en las que también se utilizan toros, un asunto que queda en la esfera política, ya que todos los defensores de los animales insisten en que esas prácticas deben ser también abolidas. Hace unos días, la Junta de Castilla y León prohibía la muerte y lanceo del polémico “Toro de la Vega” en Tordesillas, una de las principales batallas del movimiento animalista, que ha visto así como la ley se ponía de su parte en una vieja reivindicación que ha conseguido tener un gran eco social. Además, recientemente, se aprobó en Cataluña la prohibición de circos con animales, algo que ya se había aprobado en otras ciudades y autonomías y a lo que se van sumando cada vez más animales.
Otro asunto espinoso es el trato que reciben los animales que son utilizados para la caza, uno de los temas tratados durante el IV Congreso de Derechos de los Animales celebrado en el ICAB. Soliva asegura que “la influencia que ejerce el lobby cazador es enorme”. Prueba de ello es la actual Ley de Tráfico, que establece que un accidente con un animal “de caza” es responsabilidad solo del conductor y “genera una absoluta desprotección a los ciudadanos en beneficio de los propietarios de los cotos de caza, una auténtica demostración de la fuerza de este sector”. Por otra parte, y “aunque no se puede generalizar”, Soliva recuerda que “los perros usados para estas actividades suelen ser tratados de manera cruel”. Sin entrar en los terribles y conocidos ahorcamientos y maltratos a galgos y podencos, señala que “he defendido asuntos en los que los tenían encerrados en naves, sin contacto exterior, sin luz, atados, sin agua, con frío, sin asistencia veterinaria… La administración debe sancionar estas prácticas, y si se acude a la jurisdicción contenciosa, el cazador suele recibir sanción, pero el problema es cuando la administración retiene los expedientes y no los tramita provocando prescripciones de faltas”. Arancha Sanz aún recuerda el terrible caso de una perrita de caza “a la que habían pegado un tiro en la cabeza y enterrado aún viva. Fue rescatada porque alguien que pasaba por la zona oyó como lloraba bajo tierra. Finalmente murió, y aún estamos a la espera de juicio”.
Fomentar la adopción y sobre todo educar desde la infancia
Todos los expertos en derecho animal coinciden en la mejor solución para evitar maltratos, abandonos y abusos a los animales: al margen del endurecimiento de las leyes, es clave fomentar la adopción y educar desde la infancia, en casa y en el colegio. “Para acabar con el abandono de animales y como solución más eficaz frente a este problema se deben realizar campañas para favorecer la adopción frente a la compra, y también de esterilización. Mientras sigan naciendo animales sin control, se seguirán matando sin ninguna piedad en las perreras municipales como si fueran objetos de usar y tirar”, señala Arancha Sanz. Además, es necesario perseguir y sancionar la cría ilegal, ya sea en criaderos nacionales, que crían y venden sin licencia ante la pasividad de las autoridades, o a través de mafias que envían cachorros como mercancía en muy malas condiciones sanitarias –el despacho de Víctor Valladares lleva dos años tras un caso de tráfico desde Europa del Este aún en fase de instrucción. Leticia López propone la regulación de unos requisitos a cumplir antes de comprar o adoptar, con formación específica sobre cuidado de los animales, así como un registro de maltratadores para evitar que las personas denunciadas por ello puedan volver a tener un animal.
Respecto a la educación desde la infancia, el criterio es unánime: solo si se enseña a los niños a rechazar la violencia, habrá esperanza. “Hay una asociación virtual creada por un grupo de niños de un pequeño pueblo de Aragón e impulsada por su profesor (“El cuarto hocico”) que estuvieron en nuestro Congreso y constaron la carencia de la enseñanza en el amor y sensibilidad hacia los otros animales, que por otra parte creo que es innata. Solo hay que ver el comportamiento general de los niños pequeños con ellos”, señala Carles Soliva.
“La razón de que exista tanto maltrato a los animales y situaciones injustas hacía ellos es porque los seres humanos los hemos visto desde siempre como productos y recursos a nuestra disposición, que podemos utilizar y explotar a nuestro antojo”, reflexiona Leticia López, al tiempo que alude a la gran incomprensión que aún existe hacia los defensores de los animales, porque “hay personas que piensan que los que luchamos por la igualdad en los derechos de los animales pretendemos que tengan los mismos derechos que los humanos, y en modo alguno es así. No se entiende que ese principio básico de igualdad requiera de un trato igual o idéntico, sino de una consideración igual en sus intereses, y debe ser recogida en nuestras leyes”. En todo caso, “cualquier persona que dedica su tiempo a ayudar a los demás, sean humanos o animales, debería contar con el respaldo de quienes les rodean, porque lo importante es que cada injusticia social tenga gente detrás para cambiarla y que cada uno tenga la opción de escoger cual es a la que quiere dedicarse”, puntualiza. “Luchar en defensa de los derechos de los animales no impide defender los derechos humanos sino todo lo contrario, contribuye a ello”, concluye Arancha Sanz.
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Pequeños pasos para el hombre, grandes pasos para los animales
Poco a poco, se van dando pasos cada vez más firmes en favor de los derechos de los animales. Además del éxito obtenido por el Partido Animalista PACMA en las elecciones del 20-D -el partido con más votos fuera del arco parlamentario, y con más incluso que algunos partidos que si obtuvieron escaño-, cada vez es más numerosa la presencia de asociaciones animalistas en los medios de comunicación y en las redes sociales con numerosos seguidores muy activos y que crecen día a día (el último caso, el blog “El caballo de Nietszche”, de Eldiario.es, donde se habla de derechos de los animales y se denuncian sus abusos). Además de las Comisiones de Derechos de los Animales en los Colegios de Abogados –Barcelona fue la pionera, pero recientemente ha habido un “boom” de creación de Comisión, Secciones y Grupos Especializados, y se han unido Baleares, Tarragona, Terrassa, Girona, Madrid, Málaga, Bizkaia, Sabadell, Mataró, Granada, Alicante y Valencia-, hay iniciativas políticas, como la Asociación de Parlamentarios en Defensa de los Animales (APDA), con representación de diputados y senadores de todos los grupos políticos, o la Comisión Mixta creada por el ICAB y la Fiscalía de Cataluña para tratar asuntos de maltrato animal.
Por otro lado, se existe la aplicación web “Yo denuncio” (www.yodenuncio.pacma.es) que permite a los ciudadanos presentar denuncias de maltrato animal de forma fácil, mediante un menú que va dando opciones para que la denuncia sea lo más completa posible. A través de esta página, desarrollada por el Partido Animalista PACMA, se pretende también generar estadísticas para sensibilizar a la Administración.