31 octubre 2024
El CGPJ aprueba la suspensión de plazos procesales en Valencia debido a la DANA
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado suspender los plazos procesales en los juzgados de la provincia de Valencia, atendiendo la solicitud de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Esta medida, aprobada hoy en sesión extraordinaria por su Comisión Permanente, afecta a los días 30 y 31 de octubre y responde a los graves efectos ocasionados por la DANA en la región.
“Todas las notificaciones y comunicaciones remitidas por los órganos judiciales durante los días 30 y 31 de octubre a través del servicio Lexnet deberán entenderse notificadas con fecha del lunes 4 de noviembre”, señala el Poder Judicial.
Respecto al cómputo de plazos procesales, la Comisión precisa que “quedarán excluidos los días 30 y 31 de octubre, sin perjuicio de que si la fuerza mayor persiste más allá del día 3 de noviembre se adoptarán los acuerdos necesarios que exijan las concretas circunstancias”.
El CGPJ ha expresado su profundo pesar por las pérdidas humanas y los daños materiales que ha causado la DANA en la Comunidad Valenciana desde el 29 de octubre. En un mensaje de condolencias y apoyo, el Consejo se solidariza con las familias de las víctimas y reconoce el trabajo de las autoridades judiciales, médicos forenses y demás operadores jurídicos que continúan con sus labores en estas difíciles circunstancias. El órgano también se ha puesto a disposición de las autoridades para colaborar en la mitigación de las graves consecuencias del temporal.
Este acuerdo de urgencia, aprobado por la Comisión Permanente, será presentado al Pleno del CGPJ para su ratificación en la próxima sesión, conforme al artículo 57 del Reglamento 1/1986 de Organización y Funcionamiento del órgano de gobierno de los jueces.
La Abogacía reclamó ya ayer miércoles la inmediata suspensión de todos los señalamientos previstos para ayer y hoy en los territorios afectados por la DANA. Y también señaló la necesidad de suspender los plazos procesales para todos los procedimientos por el tiempo mínimo imprescindible garantizando en todo caso la prestación de los servicios esenciales.