11 marzo 2020
El CGPJ no suspende los juicios por el coronavirus: sólo cuando lo pida el juez y previa autorización
- El CGPJ recomienda la dispensa del uso de la toga para los abogados en los actos procesales en los que este sea preceptivo
- Restricción temporal de la asistencia de público a los actos procesales
- La Fiscalía General del Estado pone en marcha medidas de teletrabajo para evitar la concurrencia de la totalidad de la plantilla de fiscales en los juzgados
- Instituciones penitenciarias restringe en Madrid, Álava y La Rioja las visitas de los letrados y estos solo podrán comunicarse con los presos a través del locutorio
- El TJUE limita el uso de sus locales sólo a las vistas orales para luchar contra el Covid-19
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), reunida de forma extraordinaria para hacer frente a la crisis del coronavirus, ha acordado arbitrar medidas que permitan no suspender con carácter general todos juicios y declaraciones ya señaladas pese al avance de la epidemia.
Así, cualquier cierre o suspensión por razones sanitarias tendrá que adoptarse por el juez, y se ejecutará de forma inmediata pero obteniendo siempre la previa autorización del presidente del tribunal correspondiente, si bien después cada caso obtendrá la posterior ratificación de la Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces.
La instrucción consta de dos partes, una informativa con las recomendaciones de protección individual y colectiva frente a la enfermedad y otra que establece directrices en relación con la actuación judicial en función de distintos escenarios: uno general para todo el territorio nacional otro para los territorios en los que se hayan establecido medidas especialmente intensas para limitar la propagación y el contagio de la enfermedad.
Además, bajo la dirección de la Comisión Permanente, se constituye una Comisión de Coordinación y Seguimiento que estará integrada por el secretario general del Consejo, el Gabinete de la Presidencia, el Gabinete Técnico, el Servicio de Inspección, la Oficina de Comunicación, el Servicio de Personal Judicial y la Sección de Prevención de Riesgos de la Carrera Judicial.
La instrucción recoge las medidas de protección individual frente a la enfermedad recomendadas por las autoridades sanitarias, entre ellas realizar una higiene de manos frecuente, evitar el contacto con personas que muestren signos de afección respiratoria o mantener una distancia de un metro con ellas.
para el ámbito específico de la Administración de Justicia se recomiendan la aplicación de permisos y autorizaciones a los funcionarios, el fomento del teletrabajo para las miembros de la Carrera Judicial que en función de sus características personales (embarazo, patologías previas, medicación); o la dispensa del uso de la toga para los abogados en los actos procesales en los que este sea preceptivo.
Las medidas a adoptar en el escenario 1 o escenario general incluyen la realización de los señalamientos con tiempo suficiente entre ellos para que no haya una gran afluencia de partes y de profesionales esperando la celebración de vistas en un espacio común; la restricción temporal de la asistencia de público a los actos procesales -limitándola a un número de personas que permita mantener una distancia de seguridad de un metro- y la utilización en la medida de lo posible del sistema de videoconferencia. La instrucción identifica un catálogo de actividades o situaciones de riesgo con las correspondientes recomendaciones, como por ejemplo la distribución de las citas de presentación periódica de investigados y/o condenados en distintos días y lugares.
Por lo que se refiere al escenario 2, comprende los territorios en los que se hayan establecido medidas especialmente intensas para limitar la propagación y el contagio por el coronavirus. La determinación de los territorios en los que hayan de adoptarse las medidas contempladas en este escenario será competencia de la Comisión Permanente del CGPJ, de conformidad con las decisiones que en cada momento adopten las autoridades sanitarias. En estas áreas es donde se contempla para este escenario la posibilidad de que los jueces acuerden la suspensión de plazos procesales y de actuaciones procesales ya acordadas por razones sanitarias. Estos casos precisarán de la autorización del presidente del tribunal correspondiente y de la ratificación posterior de la Comisión Permanente, sin perjuicio de su ejecución inmediata.
Finalmente, el l CGPJ ha acordado suspender hasta el próximo 13 de abril las actividades programadas por el Servicio de Formación Continua de la Escuela Judicial. Estas actividades, consistentes en la celebración de una veintena de cursos de formación, implicaban el desplazamiento de miembros de la Carrera Judicial destinados en otros territorios hasta Madrid.
MINISTERIO DE JUSTICIA
Por su parte, el Ministerio de Justicia ha aplazado el examen de oposición de tramitación procesal y administrativa. Esta medida afectará a más de 9.000 aspirantes que estaban llamados a realizar este examen el 14 de marzo. La nueva fecha se decidirá tan pronto como las autoridades sanitarias verifiquen el control de la transmisión de la enfermedad y el riesgo asociado a ella y se disponga de las instalaciones adecuadas.
Justicia también suspendió la prueba de aptitud profesional para el ejercicio de la abogacía, que estaba prevista para el próximo 28 de marzo en todo el territorio nacional, atendiéndose así a la recomendación realizada por el Ministerio de Sanidad de evitar eventos multitudinarios de cualquier índole.
FISCAL GENERAL DEL ESTADO
La fiscal General del Estado, Dolores Delgado, ha trasladado a los fiscales que se adoptan desde este miércoles medidas de puesta en marcha de teletrabajo para evitar la concurrencia de la totalidad de la plantilla de fiscales en los juzgados. Además, en el decreto firmado por Delgado, añade que se asegurará que haya presencia efectiva del Ministerio Fiscal en el servicio de guardia pero siempre evitando en lo posible los desplazamientos. Asimismo ha advertido de que se suspenden temporalmente “las visitas e inspecciones de los fiscales a residencias de mayores, de personas con discapacidad, a centros penitenciarios, de internamiento de extranjeros y de protección y reforma de menores, u otras visitas de similar naturaleza” siempre y cuando no resulte imprescindible.
PROTOCOLO FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO POR COVID-19
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
El Tribunal Constitucional ha suspendido la actividad de su Pleno durante esta semana en el marco de prevención contra la propagación del coronavirus que se está viviendo en nuestro país. El máximo intérprete de la Constitución ha suspendido provisionalmente las sesiones jurisdiccionales del miércoles y jueves, como parte de las medidas acordadas en relación con el coronavirus. Se han adoptado precauciones, que sin obstaculizar la normal continuidad de la actividad del Tribunal, sean compatibles con la protección de la salud y del personal dependiente de la institución.
INSTITUCIONES PENITENCIARIAS
Desde Instituciones Penitenciarias también ha tomado medidas a favor de la contención del virus en Madrid, Álava y La Rioja. A partir de ahora y con una vigencia inicial de 14 días se restringirán las visitas de los letrados y estos solo podrán comunicarse con los presos a través del locutorio, se suspenderán todas las comunicaciones familiares, de convivencia e íntimas, permitiéndose solo las comunicaciones ordinarias, ya que se producen en locutorios separados por una mampara de cristal. Además, solo se permitirá el acceso a personal funcionario o laboral o personal extra penitenciario cuya labor sea imprescindible, quedando por tanto excluida la entrada a voluntarios de ONGs, entidades colaboradoras o profesionales acreditados.
Estas limitaciones afectan a las siete prisiones y a los tres centros de inserción social de la Comunidad de Madrid, al Centro Penitenciario de Álava y al Centro Penitenciario de Logroño. Para el resto de centros se han decretado dos medidas; los ingresos de libertad o de permiso serán valorados por personal sanitario por si fuera necesario tomar medidas de prevención o actuación y se suspenden los traslados intercentros salvo aquellos que obedezcan a razones excepcionales, sanitarias o judiciales.
MEDIDAS DEL GOBIERNO
El Gobierno ha ampliado el plazo de suspensión de los lanzamientos cuatro años más, hasta mayo del año 2024, y ajustar el concepto de colectivo vulnerable para que se proteja a deudores que, a pesar de encontrarse en una situación de especial vulnerabilidad, no eran beneficiarios hasta este momento de la suspensión. Cualquier proceso judicial de ejecución hipotecaria o venta extrajudicial por el cual se adjudique la vivienda habitual de personas pertenecientes a determinados colectivos queda afectado por esta medida. Así, la Ley 1/2013, de 14 de mayo, impide que se proceda al lanzamiento que culminaría con el desalojo de personas vulnerables, sin alterar el procedimiento de ejecución hipotecaria.
El Gobierno también amplió la cobertura por incapacidad temporal debido al aislamiento preventivo mediante compensación económica como accidente de trabajo.