31 enero 2019

El Colegio de Abogados de Madrid reestrena su sección dedicada a compliance

El Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) ha reestrenado en la jornada del 31 de enero una de sus secciones más actuales, la dedicada al compliance, que inicia una nueva andadura bajo la copresidencia de tres expertas del sector: Beatriz Saura, Begoña Fernández, y Pilar López Aranguren. La jornada inaugural, titulada “El rol del órgano de administración en los modelos de compliance, a debate”, contó con un panel de destacados ponentes: Ignacio Grangel, consejero de Enagas; Manuel Crespo, chief compliance del grupo Telefónica; y Alfonso Cárcamo, secretario general y del consejo de DIVARIAN (Grupo Cerberus). En sus intervenciones, explicaron cómo está organizado y estructurado el modelo de compliance en sus respectivas corporaciones, además de analizar las novedades y los retos a perseguir para un modelo de cumplimiento global y de reconocimiento.

El diputado de la Junta de Gobierno responsable de comunicación, Juan Gonzalo Ospina, presentó la jornada destacando la labor de la sección y la importancia del ámbito a que se dedica: “el compliance ha venido para quedarse”, declaró.

Se trata, según los expertos, de una materia transversal que afecta, más allá de la propia área de dirección de cumplimiento, a los órganos de gobierno, al área de auditoría y riesgos, a la de responsabilidad social, a los servicios jurídicos y a los recursos humanos y relaciones laborales.

Coordinación interna

Los ponentes coincidieron en la importancia de que haya una estructura coordinada dentro de la organización de la empresa “No se trata de que tenga el director de cumplimiento la responsabilidad de todo lo que se realiza, sino un cierto control para poder reportar adecuadamente a la comisión de auditoría y cumplimiento, sobre todo en compañías reguladas en las que hay una gran cantidad de normativa que cumplir”, apuntó Grangel.

Para el consejero de la compañía energética, lo fundamental del responsable es “que sea capaz de defender a la compañía cuando llegue la Fiscalía, pararla y que se archive el caso, y por supuesto cumplir la Ley”, ya que como advirtió, “la Ley ofrece los mecanismos que se tienen que respetar”, por eso encuentra “sorprendente que a día de hoy haya empresas que no cumplen, que ponen meras pantallas… al final la pantalla caerá y ya no habrá tiempo para tener capacidad de reacción”, argumentó Grangel.

Independencia

En cualquier caso, también es necesario que la figura cuente con la independencia suficiente, aunque, como matizó Crespo, “lo importante es que exista independencia práctica, más allá del organigrama”. El chief compliance de la operadora refirió que, de acuerdo a su experiencia, “la separación estructural del área de cumplimiento permite el contacto directo con los órganos de administración de la compañía”.

Por su parte, Cárcamo añadió que “como encargado de cumplimiento, todo aquello que esté fuera de la normalidad tiene que evidenciarse, comentarse y buscar soluciones, hay que ponerlo en conocimiento del consejo de administración; no puedes llevar el día a día de la entidad, pero sí las contingencias principales”.

El perfil adecuado

Los ponentes también se centraron en el tipo de perfil adecuado para la figura del responsable de cumplimiento. En palabras de Cárcamo, la dificultad reside en “ese equilibrio que tienes que mantener entre el conocimiento de la gestión o el conocimiento del negocio que da soporte al cumplimiento normativo, sin llegar a pasar la línea de participar en procesos de gestión, pero sin quedarte tan alejado del mismo que te conviertas en un compartimento estanco o ajeno a la compañía, porque al final no dejas de ser un directivo y no hay bandos, no es un puesto de mero control, aporta valor a la compañía”.

En este sentido, también señalaron que lo más idóneo era que contase con formación legal, “al final todo consiste en personas, en cómo se hacen efectivamente las funciones”, refería Crespo, si bien, aunque considera que “la función de compliance es eminentemente jurídica”, entre “perfiles técnicos que tengan un conocimiento específico de la función de cumplimiento, y perfiles que tengan un conocimiento transversal de cómo es la organización”, Crespo se decanta por lo segundo, “es muy importante conocer la empresa para desarrollar funciones de cumplimiento”, defendió.

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