30 julio 2013
El Colegio de Abogados de Sabadell desaconseja el uso de WhatsApp entre abogado y cliente
- El uso de WhatsApp entre abogado y cliente, cada vez más común entre los jóvenes letrados
- Las sanciones pueden llegar hasta 300.000 euros, en los casos más graves
El avance de las nuevas tecnologías ha incorporado unos nuevos sistemas de comunicación entre profesionales, entre ellos la comunicación a través de aplicaciones de mensajería instantánea, como WhatsApp. Esta empresa norteamericana con sede en California nació en 2009 y en poco tiempo ha conseguido llegar a usuarios de la mayoría de países del mundo.
Estos últimos dos años la Comisión de Informática y TIC del Ilustre Colegio de Abogados de Sabadell (ICASBD) ha advertido un notable aumento en el uso de estas aplicaciones en el ámbito profesional de los abogados, especialmente entre los más jóvenes:“Son más partidarios de utilizar herramientas tecnológicas como WhatsApp en su día a día”, señala el Presidente de la agrupación de Jóvenes Abogados de Sabadell y miembro de Comisión de Informática y TIC del ICASBD, Jaume Rocabert.
A raíz de ello, la agrupación de Jóvenes Abogados de Sabadell decidió plantear una consulta formal ante la Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCAT) para que ésta se pronunciase sobre los riesgos que supone el uso de la aplicación WhatsApp en el ámbito profesional de las relaciones entre el abogado y el cliente.
Riesgos de WhatsApp
El reciente Dictamen elaborado por la APDCAT pone de manifiesto la existencia de diversas vulnerabilidades en la aplicación respecto de la normativa de protección de datos que podrían poner en evidencia las conversaciones de los abogados con sus clientes.
En enero de 2013 las Autoridades de Protección de Datos de Canadá y Holanda publicaron unos informes en los que se detectaban una serie de deficiencias por lo que respecta al tratamiento de los datos que efectúa la aplicación. Sin embargo, hasta la fecha ninguna Autoridad de Protección de Datos se había pronunciado sobre la responsabilidad que adquiere un profesional cuando utiliza el WhatsApp como una herramienta corporativa. En este sentido, de conformidad con lo establecido en el informe de la APDCAT, el abogado tiene un grado de responsabilidad específico respecto el tratamiento de los datos de sus clientes, que incluye la elección de los canales de comunicación más adecuados.
Posibles sanciones a abogados
Los abogados, al igual que otros colectivos profesionales, tratan datos sensibles que pueden incluir datos de salud o datos relativos a la comisión de infracciones administrativas o penales. En la medida en que la normativa requiere la incorporación de determinadas medidas de seguridad al tratar estos datos, el abogado deberá verificar que los medios que utiliza para intercambiar información con sus clientes son seguros. En este sentido, al APDCAT desaconseja encarecidamente el uso de WhatsApp para esta finalidad ya que no cumple con la seguridad exigida por la normativa de protección de datos.
No seguir estas recomendaciones podría salirle muy caro a los letrados. El abogado que use medios de comunicación no segura se arriesga a sanciones que pueden llegar a 300.000 euros en los casos más graves. ”Con este Dictamen queda reflejada la inseguridad de WhatsApp y, por tanto, los abogados deberían optar por utilizar medios más seguros y no tan vulnerables”, apunta Juan Antonio García Cazorla, decano del ICASBD.
ACCEDA AL INFORME DE LA APDCAT
Medios de comunicación para abogados
El Dictamen elaborado por la APDCAT desaconseja el uso corporativo no sólo de WhatsApp sino también de la aplicación Spotbros, de características similares. La Comisión de Informática y TIC del ICASBD ha constatado la proliferación de aplicaciones de mensajería instantánea y alerta que la mayoría no cumplen con las medidas de seguridad exigidas. Jaume Rocabert recuerda que “es preferible que los abogados utilicen el e-mail con medios de protección cripotgráficos u otros medios seguros para comunicarse con sus clientes antes de aventurarse a utilizar medios inseguros”.
Sobre el Ilustre Colegio de Abogados de Sabadell http://www.icasbd.org
El Ilustre Colegio de Abogados de Sabadell, fundado el 30 de octubre de 1905, constituye una corporación de derecho público, de carácter profesional, amparada por la Ley y reconocida por la Administración Central del Estado y la Generalitat de Cataluña, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para lograr sus fines.
Cuenta con una sede central en la calle Lacy, número 15 de la ciudad de Sabadell, así como 2 delegaciones más: en el edificio de los Juzgados de Sabadell y Cerdanyola del Vallès.
El ámbito territorial del Colegio es el del histórico partido judicial de Sabadell, que hoy coincide prácticamente con los de Sabadell y Cerdanyola del Vallès.
La corporación, ya centenaria, se ha convertido y sigue siendo un pilar institucional básico dentro de la historia y el desarrollo jurídico y social locales.
Acerca de Jóvenes Abogados de Sabadell – http://www.advocatsjoves.com
La agrupación Jóvenes Abogados de Sabadell esta formada por abogados colegiados en Sabadell menores de cuarenta años y abogados que llevan menos de cinco años ejerciendo la profesión.
La agrupación de jóvenes abogados defiende los intereses de los más jóvenes y plantea propuestas y soluciones a temas que preocupan al colectivo como, por ejemplo, el Turno de Oficio, la imagen de cara a los ciudadanos, la formación, el establecimiento y consolidación de los nuevos abogados.