01 febrero 2019
El Colegio de Abogados de Zaragoza analiza las novedades e incidencia de la nueva Ley de Protección de Datos
- La protección de los menores en Internet, el derecho de rectificación o el conocido como Derecho al Olvido en la red, son algunos de los aspectos regulados en la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos que entró en vigor el 7 de diciembre de 2018
La Sección de Derecho de la Propiedad Industrial e Intelectual y la Sección de Internet y Derecho de las Nuevas Tecnologías del Colegio de Abogados de Zaragoza han organizado la conferencia “La nueva Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal y garantía de los Derechos Digitales”, realizada en el marco del Día Mundial de la Protección de Datos que se celebró el lunes 28 de enero.
La protección de los menores en Internet, el derecho de rectificación o el conocido como Derecho al Olvido en la red, son algunos de los aspectos regulados en la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos que entró en vigor el 7 de diciembre de 2018 y que incluye algunas novedades respecto a la anterior.
El abogado y auditor en Protección de Datos y en Gestión de Seguridad de la Información, Antonio Vargas Vilardosa, ha sido el encargado de efectuar un análisis de las novedades y particularidades de esta nueva legislación en la que aparece como más novedoso la figura del Delegado de Protección de Datos, una figura a la que “aunque no es necesario que sea un abogado, sí que la norma aconseja que tenga conocimiento en Derecho y práctica en materia de protección de datos”, ya que será quien garantice el uso de dicho material.
En la charla, Vargas Vilardosa, ha recalcado que también los despachos de abogados tienen una serie de obligaciones como la de “establecer un protocolo donde se determine el flujo de los datos personales desde que se conocen hasta que se eliminen y que garanticen en todo momento la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de esos datos en todo momento”.
La nueva Ley Orgánica de Protección de Datos se basa en varios principios: “han de ser exactos, de no ser así podría ser sancionable; deben ser confidenciales y el tratamiento ha de estar basado en el consentimiento expreso de los afectados”, ha explicado Vargas Vilardosa. Y a través de esta nueva norma, el límite de edad para que un menor pueda dar su consentimiento es de 14 años”.
Por su parte, el abogado del Colegio de Abogados de Zaragoza y profesor asociado de la Universidad de esta ciudad, en el área del Derecho del Trabajo y Seguridad Social, Roberto Ferrer Serrano, ha hablado de los “Aspectos laborales de la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos personales y Garantía de los Derechos Digitales”, y ha establecido que “los derechos de privacidad e identidad no quedan menospreciados por causa de la prestación laboral y la jurisprudencia es constante sobre este tema”.
En este aspecto, uno de los asuntos que se han puesto sobre la mesa es el de la videovigilancia, que establece que la finalidad siempre será la de “preservar la seguridad de personas y bienes así como de sus instalaciones”, pero que no se aplica a las cámaras que un particular pueda colocar en el interior de su vivienda. La LOPD también marca que información de las cámaras deberán eliminarse en el plazo de un mes y en el caso de detectar algún caso de delito, poner las imágenes a disposición de la autoridad competente hasta 72 horas después de hacerse visionado.
La conferencia ha estado moderada por el abogado y responsable de Tecnologías del Colegio de Abogados de Zaragoza, Alfredo Sánchez-Rubio Triviño, quien ha asegurado que “estamos en un buen momento para hacer balance de la aplicación del reglamento europeo después de la reforma que se aplicó hace un año”.