11 enero 2019
El Colegio de la Abogacía de Barcelona se congratula por los trámites para una futura Ley de impulso de la mediación
- Desde el Colegio de la Abogacía de Barcelona destacan que el anteproyecto incluye una antigua reivindicación del ICAB: incorporar la Mediación como materia obligatoria en los programas del Grado en Derecho
- “Hay que hacer posible que el derecho del ciudadano o la ciudadana pueda ser reconocido de manera ágil y rápida”, ha solicitado la decana, Mª Eugènia Gay
Ante la aprobación del anteproyecto de ley de impulso de la mediación, realizada por el Consejo de Ministros, el Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) valora positivamente esta medida porque amplía la aplicación de la mediación, ya que incorpora la asistencia a una sesión informativa y una exploratoria sobre la mediación de forma que -para determinadas materias (civil y mercantil)- pasaría a ser un presupuesto necesario para poder acudir después a la vía judicial.
“La ley vigente (Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles) se aprobó en su día y, con ello, se dio por incorporada la mediación al ordenamiento jurídico, pero se olvidó incorporarla a la realidad. No se pensó en las dotaciones presupuestarias necesarias para su desarrollo ni para su divulgación e implantación. Tal y como reconoce la propia exposición de motivos del nuevo texto aprobado- la Ley vigente no ha cubierto las expectativas creadas en el momento de su aprobación; sobre todo porque no se ha trabajado en hacerla efectiva, creando una auténtica “cultura” de la mediación”, ha afirmado la decana del ICAB, Mª Eugènia Gay.
Así pues, el texto aprobado recoge la obligación de intentar solucionar los conflictos civiles y mercantiles más comunes mediante la participación de un mediador antes de interponer algunas demandas, o bien cuando durante la tramitación de un procedimiento judicial el juez lo considere conveniente. Hay que destacar que, entre estas materias, se incorporan los temas relacionados con las comunidades de propietarios, los conflictos hereditarios, los conflictos en los órganos de las sociedades mercantiles, algunos aspectos relacionados con los arrendamientos, las reclamaciones por responsabilidades derivadas de negligencias profesionales, entre otros.
También es necesario indicar que hay una previsión para que el derecho a la justicia gratuita incorpore los costes de los mediadores y mediadoras en estas sesiones informativas previas a la vía judicial. Además, si la mediación no llega a buen fin y termina en un procedimiento judicial, será tenida en cuenta la inasistencia injustificada a la sesión informativa en las futuras costas del pleito.
Desde el Colegio de la Abogacía de Barcelona queremos destacar que el anteproyecto incluye una antigua reivindicación del ICAB: incorporar la Mediación como materia obligatoria en los programas del Grado en Derecho.
A pesar de estos aspectos positivos, el ICAB cree que es inasumible que el anteproyecto haga la previsión de que la ley entre en vigor dentro de 3 años después de su publicación en el BOE. La necesidad de implantar estas medidas de impulso a la mediación es perentoria y no admite dilaciones. La Comisión Europea ya hace años que está instando a los Estados miembros a incorporar medidas de impulso a la mediación en sus ordenamientos jurídicos y estas medidas retrasarían la solución a los problemas de dilación y colapso judicial existentes en determinados tipos de órganos judiciales, que se pueden agravar. “Hay que hacer posible que el derecho del ciudadano o la ciudadana pueda ser reconocido de manera ágil y rápida”, ha solicitado la decana.
Desde el ICAB también se considera que la futura ley debe contar con una previsión presupuestaria adecuada para evitar que su implantación sea ineficiente. Al respecto, la decana ha afirmado: “Esta ley debería ser un instrumento de un verdadero Plan para el impulso de la mediación suscrito por todas las Administraciones involucradas (la estatal y las autonómicas con competencias en la materia) que tuviera como garantía un programa presupuestario plurianual”. Hay que tener en cuenta que, entre otras consecuencias económicas, se deberá hacer frente al pago de la mediación en los casos de justicia gratuita de todos los tipos de asuntos que la ley indica que deben ser sometidos a la sesión informativa como presupuesto previo a la vía judicial.
El ICAB también reivindica que la abogacía -en general- y la de Barcelona -en particular- pueda participar en la elaboración de la futura ley a partir de este momento, mediante la creación de un grupo de trabajo encabezado y dirigido desde el Ministerio de Justicia que debería estar integrado por las diferentes Administraciones competentes, expertos y profesionales del sector, con presencia específica de la abogacía.