12 febrero 2015
El Colegio de Madrid pide a Interior la aplicación del decálogo de Buenas Prácticas
- Se trata de dar cumplimiento a las distintas Directivas Europeas
- De esta forma se podría llevar a cabo una defensa “real y efectiva” de los detenidos e imputados
En una carta remitida al ministro del Interior, el Colegio de Abogados de Madrid ha solicitado que “agilice la implantación del decálogo de las buenas prácticas para evitar situaciones de conflicto entre las Fuerzas de Seguridad del Estado y los profesionales del derecho a la hora de velar por los derechos de los detenidos”.
El pasado mes de octubre, la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados aprobó el Decálogo de Buenas Prácticas ante la asistencia a detenidos, de conformidad a lo establecido en las Directivas del Programas de Estocolmo del Parlamento y Consejo Europeo de octubre de 2012 y 2013:
Estas Directivas se refieren al derecho a interpretación y a traducción y a la información sobre el derecho a la asistencia de letrado en los procesos penales, y en los procedimientos relativos a la orden de detención europea, además del derecho a que se informe a un tercero en el momento de la privación de libertad y a comunicarse con terceros y con autoridades consulares durante la privación de la libertad.
En este sentido, el Colegio ha pedido que “se hagan todos los esfuerzos posibles en orden a proceder a una pronta y efectiva implantación de las buenas prácticas, así como la adopción de cuantas medidas permitan su pleno cumplimiento”.
Además, se insiste que “con independencia de lo acertado o no de realizar la trasposición de las Directivas de manera separada y del indubitado avance que supondrá su aprobación, la realidad es que en tanto se realiza toda su tramitación parlamentaria los conflictos sobre su aplicabilidad persistirán con las Fuerzas de Seguridad del Estado en detrimento de los derechos del detenido”.
En la misiva, también se recuerda al titular de Interior, Jorge Fernández, que “las Directivas Europeas vienen a ampliar los derechos contenidos en nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal respecto a los detenidos e imputados con el fin de poder llevar a cabo una defensa “ real y efectiva” regulando, entre otros derechos, el acceso al atestado, así como las pruebas que obren en el mismo y la entrevista previa a su declaración en sede policial, dado que la actual limitación repercute en el derecho a un proceso justo, al desconocerse el alcance real de la presunta infracción penal”.
Además, el Colegio expresa su firme voluntad de potenciar que “las asistencias letradas, especialmente en asuntos encomendados por Turno de Oficio, se desarrollen de acuerdo al Decálogo aprobado”.