07 diciembre 2021

El Consejo de la UE acuerda un mandato de negociación para un marco sobre salarios mínimos adecuados

El Consejo de la UE ha acordado su posición sobre una propuesta legislativa de la Comisión sobre salarios mínimos adecuados en la Unión. Unos salarios justos que proporcionen un nivel de vida digno son uno de los principios del pilar europeo de derechos sociales. Para mejorar las condiciones de vida y de trabajo, este proyecto legislativo establece un marco para promover niveles adecuados de salarios mínimos legales, promover la negociación colectiva para la fijación de salarios y mejorar el acceso efectivo a una protección del salario mínimo de los trabajadores que tienen derecho a él.

Los países en los que la negociación colectiva se aplica ampliamente tienden a tener una proporción menor de trabajadores con salarios bajos, así como salarios mínimos más altos, que aquellos en los que la negociación colectiva está poco extendida. Por esta razón, los ministros han acordado que los países deberían promover la capacidad de los interlocutores sociales para practicar la negociación colectiva. Si la implantación de la negociación colectiva es inferior al 70%, también deben establecer un plan de acción para fomentarla.

Con el fin de promover la adecuación de los salarios mínimos legales y lograr así unas condiciones de trabajo y de vida dignas, se encomienda a los Estados miembros en los que exista un salario mínimo legal que establezcan un marco procedimental para determinar y actualizar estos salarios mínimos de acuerdo con un conjunto de criterios claros y estables. Los salarios mínimos legales se actualizarán de manera periódica y oportuna. Además, su importe podrá ajustarse mediante mecanismos automáticos de indexación.

Los ministros también han acordado una serie de medidas para mejorar el acceso efectivo de los trabajadores que tienen derecho a un salario mínimo a la protección del mismo: controles e inspecciones adecuados, información fácilmente accesible sobre la protección del salario mínimo, recordatorio de las normas vigentes en materia de contratación pública, derecho a reparación y sanciones para los empleadores que incumplan las normas.

El texto acordado también prevé que los Estados miembros deben supervisar la cobertura y la adecuación de los salarios mínimos. Además, se les pedirá que informen cada dos años a la Comisión sobre el índice de implantación de la negociación colectiva, el nivel de los salarios mínimos legales y la proporción de trabajadores que se benefician de ellos. Los Estados miembros en los que existan únicamente convenios colectivos informarán sobre la cuantía de los salarios más bajos fijados por dichos convenios y sobre los salarios de los trabajadores a los que no se apliquen. La Comisión analizará estos datos e informará al Consejo y al Parlamento Europeo.

En la UE existen grandes diferencias entre los Estados miembros en cuanto a la implantación de los convenios colectivos y al nivel de los salarios mínimos. Esto es también consecuencia de la gran diversidad de modelos de mercado laboral. El proyecto legislativo, aun respetando estas diferencias, establece un marco procedimental para promover una protección mejor y más eficaz de los salarios mínimos en todos los Estados miembros.

La propuesta de la Comisión Europea se presentó a los dos colegisladores el 28 de octubre de 2020. La orientación general alcanzada otorga a la Presidencia del Consejo un mandato para las negociaciones con el Parlamento Europeo. El Parlamento Europeo y el Consejo deberán llegar a un acuerdo sobre un texto definitivo.

Fuente: https://www.consilium.europa.eu/es/press/press-releases/2021/12/06/council-agrees-on-mandate-for-negotiations-on-a-eu-framework-on-adequate-minimum-wages/

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