15 marzo 2016

Publicada la Directiva sobre Presunción de Inocencia

guias ueEl Diario Oficial de la Unión Europea publicó el pasado 11 de marzo la Directiva UE  2016/343, del
Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se refuerzan en el proceso penal determinados aspectos de
la presunción de inocencia y el derecho a estar presente en el juicio, tras la luz verde obtenida primero en el seno del Consejo de la UE a mediados del mes de febrero y posteriormente del pleno del Parlamento Europeo, celebrado la pasada semana en Estrasburgo. La nueva Directiva entra en vigor el 31 de marzo y debe estar transpuesta a más tardar el 1 de abril de 2018.

El objetivo de la Directiva  es mejorar el derecho a un juicio justo en los procesos penales estableciendo normas relativas a ciertos aspectos del derecho de presunción de inocencia y el derecho a estar presente en los procesos penales. De esta manera, la Directiva complementará al marco legal previsto el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, reforzando la confianza mutua entre las autoridades judiciales y sus Estados miembros y facilitará el reconocimiento mutuo de decisiones sobre asuntos penales.

De conformidad con la Directiva, los Estados miembros tendrán que garantizar que la persona sospechosa o imputada sea considerada inocente mientras no sea mostrada su culpabilidad conforme a la ley. Para ello establece dos derechos relacionados con este principio: el derecho a permanecer en silencio y el derecho a no declarar contra sí mismo. Además, los Estados miembros deberán respetar las siguientes obligaciones conexas: antes de la sentencia definitiva, las personas sospechosas o imputadas no deberán ser presentadas como culpables a través de la utilización de medios de coerción y la carga de la prueba recaerá en la fiscalía mientras que cualquier duda razonable sobre la culpabilidad será en beneficio del acusado. La directiva también aborda el derecho a estar presente en su propio juicio.

Asimismo, los Estados miembros deberán garantizar que los sospechosos o acusados dispongan de un recurso efectivo si los derechos que recoge esta directiva son infringidos.

Los Estados Miembros disponen de dos años después de la publicación en el DOUE de la Directiva para implementar las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para darle cumplimiento.

 Antecedentes

La Comisión Europea presentó su propuesta el 27 de noviembre de 2013, dentro de un paquete de medidas adoptado en esa misma fecha, con los siguientes textos:

  • Propuesta de Directiva de garantías procesales para los niños sospechosos o acusados en procesos penales.
  • Propuesta de Directiva sobre el derecho a asistencia jurídica provisional para ciudadanos sospechosos o acusados de un delito y para aquellos sujetos a la Orden de Detención Europea.
  • Recomendación sobre garantías procesales para personas vulnerables sospechosas o acusadas en procedimientos penales.
  • Recomendación sobre el derecho a la asistencia jurídica de personas sospechosas y acusadas en procedimientos penales.

Desde 2009, el trabajo de la Unión Europea por reforzar los derechos procesales de personas sospechosas y acusadas en procedimientos penales ha sido llevado a cabo sobre las bases de la hoja de ruta, adoptado por el Consejo el 30 de noviembre de 2009. La hoja de ruta pretende un enfoque gradual hacia el establecimiento de un catálogo completo de derechos procesales para personas sospechosas y acusadas en procedimientos penales. El Consejo Europeo ha hecho que la hoja de ruta forme parte del Programa de Estocolmo, en la que se hizo referencia explícita a la medida de presunción de inocencia.

Ya han sido adoptadas tres medidas sobre las bases de la hoja de ruta: Directiva 2010/64/UE relativa al derecho de interpretación y traducción en procedimientos penales, Directiva 2012/13/UE relativa al derecho de información en procedimientos penales, y Directiva 2013/48/UE relativa al derecho de acceso a un abogado en procedimientos penales y en procedimientos de la orden de detención europea, y sobre el derecho a informar de la privación de libertad a una tercera persona, así como de de comunicarse con terceras personas y las autoridades consulares en el curso de la privación de libertad.

En diciembre de 2015 el Consejo y el Parlamento Europeo llegaron a un acuerdo sobre la propuesta de Directiva relativa a las garantías procesales de los niños. Actualmente, se está realizando la versión lingüística de ese texto. El texto estará listo para su adopción formal en un futuro próximo.

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