06 noviembre 2019

El Consejo General de la Abogacía elabora una guía para la atención a mujeres presas  

    •  Las mujeres son el 7,52% de la población penitenciaria
    • Comenten menos delitos que los hombres y también menos delitos violentos que ellos
    • El 88,41% de las mujeres que ingresan en prisión ha sufrido algún tipo de violencia (sexual, en el ámbito familiar, abusos siendo menores…)
    • La Guía recoge pautas para la actuación en el momento de la detención, durante el juicio oral y en la ejecución de sentencia

La Subcomisión de Derecho Penitenciario del Consejo General de la Abogacía ha aprobado la ‘Guía de actuación letrada para la atención de mujeres desde su detención y hasta su puesta en libertad’. Elaborada por las abogadas Margarita Aguilera y Rosa Martínez Perza, esta guía es una herramienta de ayuda para garantizar la calidad de los servicios que se prestan a mujeres que se encuentran en esta situación.

La Guía se estructura en varios apartados: Actuación en comisaría, juzgado de guardia y durante la instrucción de la causa; Actuación en juicio oral; y Actuación en ejecución de sentencia. De forma previa, se explica el contexto en el que se han elaborado estas recomendaciones, partiendo de datos generales sobre las mujeres privadas de libertad y la delincuencia en las mujeres.

En la guía se destaca que las mujeres presas –el 7,52% de la población penitenciaria- se encuentran con una mayor dificultad para lograr la reinserción y sufren una situación de clara desventaja y desigualdad al ingresar en prisión, por lo que se considera necesaria la realización de políticas de discriminación positiva que atiendan a la diferencia y a la realidad específica de las mujeres que cumplen condenas.

Respecto a los delitos, comenten muchos menos delitos que los hombres (el 18% de los delitos) y delitos menos violentos que los varones (los delitos violentos cometidos por hombres son el 32,10% frente al 20,53% de las mujeres). Además, la reincidencia es menor en las mujeres y el 88,41% de las mujeres que ingresan en prisión ha sufrido violencia. Otro dato reseñable es que el 56% de las mujeres que cumplen condenas tienen entre 21 y 40 años y el 80% de las mujeres presas son madres.

Teniendo en cuenta las diferentes circunstancias personales de las mujeres presas, en la guía se ofrecen recomendaciones sobre qué cuestiones hay que plantear en las entrevistas con estas mujeres.

En cuanto a las recomendaciones para la actuación letrada, algunas son:

  • En la actuación en comisaría, solicitar informes que aborden la problemática de la mujer desde una perspectiva de género
  • En la actuación en juicio oral, si se ha detectado en la mujer acusada de la comisión de un delito la existencia de una situación de maltrato, vulnerabilidad y/o exclusión social es conveniente que la misma haya sido valorada pericialmente
  • Actuación en ejecución de sentencias, se propone solicitar cualquier medida alternativa a la prisión. Y cuando no haya resultado posible evitar el ingreso en prisión, se podrá solicitar el ingreso directo en tercer grado inicial en un CIS, acreditando la situación personal y familiar.

CONSULTA AQUÍ LA GUÍA DE ACTUACIÓN LETRADA PARA LA ATENCIÓN DE MUJERES DESDE SU DETENCIÓN Y HASTA SU PUESTA EN LIBERTAD

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