10 febrero 2021
El Consell de l’Advocacia Catalana, el TSJC y el ICAB presentan la “Guía de Buenas Prácticas sobre escritos, informes orales y actuaciones judiciales”
- La “Guía” es fruto del convenio firmado el pasado 13 de enero, por la presidenta del Consell de l’Advocacia Catalana y decana del Colegio de la Abogacía de Barcelona, Mª Eugènia Gay, y el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, Jesús María Barrientos
- Esta herramienta contribuye a que la justicia sea más ágil, ya que ofrece unas pautas orientativas para mejorar la eficacia de los escritos procesales y de las resoluciones judiciales
La presidenta del Consell de l’Advocacia Catalana y decana del Colegio de la Abogacía de Barcelona y Mª Eugènia Gay, y el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, Jesús María Barrientos, han presentado hoy el webinar “Guía de las buenas prácticas sobre escritos, informes orales y actuaciones judiciales “, organizado por la Comisión de Relaciones con la Administración y la Justicia (CRAJ) del Consell de l’Advocacia Catalana.
El objetivo de este acto ha sido el de dar a conocer a la abogacía y al resto de operadores jurídicos el contenido de esta “Guía”, que es fruto del convenio firmado el pasado 13 de enero por la presidenta del Consell de l’Advocacia Catalana y decana del Colegio de la Abogacía de Barcelona y el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.
Como ponentes de la sesión han intervenido Mª Eugenia Alegret, magistrada y ex presidenta del TSJC (2004-2010); David Casellas, decano del Colegio de Abogados de Manresa; Juan Francisco Garnica Martin, magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona nº 15, y Jesús Sánchez, secretario de la Junta de Gobierno del ICAB.
La moderación ha ido a cargo de Cristina Vallejo, diputada de la Junta de Gobierno del ICAB y miembro de la Comisión de la CRAJ del Consell de l’Advocacia Catalana.
Esta Guía regula las buenas prácticas a seguir para la presentación de escritos por parte de los profesionales que ejercen la abogacía, para los informes orales que éstos realizan ante los tribunales y para las resoluciones judiciales que dicten los jueces y las juezas, a el objeto de propiciar que la actividad judicial y de todos los operadores jurídicos involucrados resulte más ágil y eficiente en beneficio de todos, por eso facilita una serie de reglas orientativas con el fin de que los escritos centren el objeto del procedimiento con la mayor concreción posible, prescindiendo de lo superfluo o redundante, pues cuanto más claro y conciso sea un escrito procesal, más ventajas conlleva para todas las partes implicadas: para quienes ejercen la abogacía – dado que les permite delimitar la controversia; para la ciudadanía, que ve reflejado su problema con más facilidad; y, obviamente, para el juez o jueza, que puede dedicar todos los esfuerzos a estudiar el núcleo del asunto, lo que permite un enjuiciamiento y resolución más ágiles. Y lo mismo ocurre con las resoluciones judiciales, en las que hay que abandonar la práctica de copiar párrafos largos de jurisprudencia para profundizar en la motivación del caso concreto.
La presidenta del Consell de l’Advocacia Catalana y decana del Colegio de la Abogacía de Barcelona, Mª Eugènia Gay, ha señalado durante la presentación que “esta guía nace de la voluntad de los diferentes operadores jurídicos que trabajan en la órbita de la Administración de Justicia de mejorar la importante función que desde la misma se realiza; lo que, sin duda, resulta positivo tanto por los colectivos profesionales que participan como para la ciudadanía en su conjunto”. Y ha añadido: “la consecución de este propósito necesita la coparticipación de los que ejercen la Abogacía, ya que sin su intervención -vehiculando el fundamental derecho de defensa- no es posible impartir correctamente justicia”.
La realización de una guía con pautas orientadoras no es nueva, así se incluye ya en el Reglamento de procedimiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, donde se establecen previsiones sobre la estructura y límites, tanto para los escritos como para los informes orales. Y en concreto en el Estado, donde el Tribunal Supremo, en la Sala 3ª (de lo contencioso-administrativo), limita la extensión de los escritos de interposición y contestación en los recursos de casación, y en la Sala 1ª (Civil), establece que una extensión excesiva del recurso de casación se considera innecesaria y podría dar lugar a su inadmisión.
En una primera fase, la Guía se pretende aplicar en los ámbitos civil, mercantil y contencioso; aunque se ha diseñado para que sea un documento abierto que se pueda ir actualizando de acuerdo con las exigencias que la práctica aconseje en cada momento.
Con la presentación de la Guía de Buenas prácticas se pretende que la justicia sea más ágil, especialmente en los casos en que se han masificado los litigios, cuando afectan a los consumidores, sobre todo en temas bancarios, y más teniendo en cuenta el previsible incremento general de asuntos consecuencia de la pandemia generada por la COVID-19.