11 noviembre 2024

El Constitucional abre la posibilidad a que los afectados por la justicia tardía soliciten una indemnización al Estado sin tener que recurrir en amparo

El Tribunal Constitucional (TC) ha abierto la posibilidad para que las personas afectadas por la lentitud de la Justicia puedan reclamar una indemnización al Estado.

La sentencia dada a conocer hoy por el abogado sevillano Daniel Sánchez Bernal, redactada por la magistrada Concepción Espejel, subraya que esta medida será “pertinente y útil y no requerirá interponer un recurso de amparo ante el propio tribunal”.

La decisión del Constitucional se basa en el caso de una mujer que, en mayo de 2022, presentó una demanda tras la negativa de la Seguridad Social a concederle la renta activa de inserción. El Juzgado de lo Social Nº8 de Sevilla fijó la fecha de juicio para el octubre de 2025, estableciendo un plazo de espera de tres años y medio.

“Como novedad incluye un amplio fundamento de derecho donde avisa a todos los que estén en la misma situación que acudamos a la responsabilidad patrimonial por mal funcionamiento de la justicia”, manifiesta Bernal, que ha conseguido el fallo. “El TC deja bien claro que se trataría de una acción que será pertinente y útil”, añade.

Los magistrados indican que “cuando la dilación se produce por causas estructurales, sin responsabilidad personal del titular del órgano judicial, los efectos limitados de las sentencias del TC para reparar la lesión del derecho fundamental a no padecer dilaciones indebidas, puede verse contrarrestada por la correspondiente indemnización por un funcionamiento anormal de la administración de justicia, incluso sin necesidad de plantear un recurso de amparo”.

Daniel Sánchez Bernal lleva años luchando contra la Justicia tardía, reclamando cada señalamiento fijado para más de tres años vista.

El Tribunal Constitucional ya estimó el recurso de amparo del abogado sevillano en 2022 contra la resolución de un Juzgado de lo Social de Sevilla, que fijó un juicio de laboral para 2024, y señaló que el retraso en la celebración de juicios poco complejos supone una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva.

En la actualidad se están señalando juicios para cinco años vista, es decir, para 2029.

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