14 noviembre 2014

El CVCA solicita a Interior la aplicación de la Directiva Europea que garantiza el Derecho de Defensa

logo CVCEl Consejo Valenciano de Colegios de Abogados (CVCA), a través de los decanos de los colegios de abogados de la Comunidad Valenciana, solicita al Ministerio de Interior la inmediata aplicación de la Directiva 2013/48 del Parlamento Europeo, sobre el derecho a la asistencia de letrado en los procesos penales y en los procedimientos relativos a la orden de detención europea.

La Directiva institucionaliza en toda la Unión Europea la participación del abogado desde el primer momento de privación de libertad y a lo largo de todo el proceso y garantizará la confidencialidad de sus comunicaciones con las personas acusadas. El plazo de transposición de esta Directiva al ordenamiento jurídico nacional expirará el 27 de noviembre de 2016. Se calcula que tras su entrada en vigor, la nueva ley se aplicará a unos ocho millones de procesos penales al año en los Estados miembros.

Según explican los Decanos de los 8 colegios de abogados de la Comunidad Valenciana, “el Ministerio de Interior debe aplicar ya este novedoso texto legislativo, porque supone un avance para las garantías en la Unión Europea y para que el derecho de asistencia letrada sea reconocido y aplicado por igual, en todas las jurisdicciones europeas”.  En opinión de los Decanos, integrados en la Comisión Permanente del Consejo Valenciano, sería necesaria la aplicación inmediata de la Directiva, sin esperar a su trasposición al ordenamiento interno. “Para ello bastaría que el Ministerio remitiera la oportuna circular a los Centros de Detención y Cuerpos y Fuerzas de Seguridad”.

Este reciente texto legislativo se perfila como una de las Directivas de la Unión Europea más relevante hasta el momento, respecto al Derecho de Defensa de los ciudadanos europeos y de sus derechos fundamentales. Cabe recordar que la medida se aprobó en el marco de la Hoja de Ruta sobre garantías procesales del Programa Estocolmo que fija las prioridades en materia de Justicia en la UE para el periodo 2010-2014, ya en su recta final.

Otro antecedente es una Directiva anterior, 2012/13 cuyo plazo de trasposición ya ha vencido (el 2 de junio de 2014) y que avanza el contenido de la actual, ya que permite la posibilidad de aconsejar al detenido sobre su derecho a permanecer en silencio. En el Anexo I puede leerse: “Derecho a permanecer en silencio. Cuando le interrogue la policía u otras autoridades competentes, no está obligado a responder a preguntas sobre el supuesto delito. Su abogado puede ayudarle a decidir sobre esta cuestión”.

Según portavoces del CVCA, “el derecho a la asistencia letrada es esencial para fomentar la confianza en el espacio único de justicia de la Unión Europea,  y el derecho de defensa de toda persona a la que se imputa un delito es generalmente considerado uno de los elementos básicos de un juicio justo”. Y añaden: “Por ello, el estado español debe transponer a tiempo la directiva europea a su legislación, ya que es de obligado cumplimiento”.

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