25 julio 2018

El ICAM solicita al Ayuntamiento facilidades para la circulación de los abogados de guardia ante la nueva ordenanza de movilidad de Madrid

  • El decano José María Alonso ha trasladado por carta a Manuela Carmena la necesidad de que los profesionales del Servicio de Guardia de Asistencia Letrada al Detenido sean incluidos como excepciones 

El decano del Colegio de Abogados de Madrid, José María Alonso, ha solicitado a la alcaldesa Manuela Carmena que los abogados que forman parte del Servicio de Guardia de Asistencia Letrada a Detenidos, víctimas de violencia de género y trata de seres humanos sean incluidos en las excepciones a la restricción de circulación de vehículos de la nueva ordenanza de movilidad de la capital.

Esta demanda viene motivada por las declaraciones que la delegada de Medio Ambiente, Inés Sabanés, hizo el pasado 9 de julio confirmando las líneas generales de la nueva Área de Prioridad Residencial en el distrito Centro. Según la nueva ordenanza, a partir de noviembre se impondrá la prohibición de acceder y aparcar en el centro a los vehículos que no dispongan de distintivo ambiental, con el objetivo de reducir en un 40% las emisiones, lo que afectará, previsiblemente, a alrededor del 38% del total del parque móvil de la región.

El decano ha recordado a la alcaldesa de Madrid que, según lo dispuesto en el artículo 520.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, los letrados que se encuentren de guardia durante 24 horas tienen que acudir al centro de detención que se le indique desde el Colegio a la mayor brevedad posible, utilizando para ello el medio de transporte más ágil en cada momento que, en la mayoría de las ocasiones, es su vehículo privado.

En este sentido, y entendiendo que la asistencia letrada al detenido es un servicio esencial para la comunidad, Alonso ha trasladado a Carmena la necesidad de que los letrados pertenecientes al Servicio de Guardia de Asistencia Letrada al Detenido sean incluidos como excepciones, “asimilándolos así a otros servicios esenciales, como los de protección civil, extinción de incendios, fuerzas y cuerpos de seguridad, agentes de movilidad, ambulancias o vehículos de asistencia sanitaria pública o privada”.

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