03 octubre 2022
El Poder Judicial publica nueva guía para evitar la revictimización de las víctimas de violencia de género al prestar declaración
El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género ha hecho pública hoy una “Guía de buenas prácticas para la toma de declaración de víctimas de violencia de género”, para generar seguridad en las víctimas de violencia machista cuando afrontan el proceso penal y evitar su revictimización.
“No es posible -señala el documento- que el contacto de la víctima con la Administración le suponga un nuevo frente adicional al que ya ha venido sufriendo de manos de su victimario”, pues se le causaría un maltrato añadido. Como consecuencia de esta “revictimización”, la víctima sentirá una mayor desconfianza hacia el sistema, justo lo que se intenta evitar.
La Guía recomienda ofrecer a la víctima una información clara y accesible para que conozca sus derechos, evitar su peregrinaje judicial, mejorar la atención en los órganos de enjuiciamiento y respetar el derecho de la víctima a no tener contacto directo con el acusado.
Solo conociendo sus derechos, pueden solicitar una orden de protección, la imposición de medidas relacionadas con sus hijos o ayudas sociales, entre otras, se incide en el texto. Cuando las víctimas dan el paso de denunciar los hechos, llegan en una situación psicológica que les hace “sentirse indefensas” y vulnerables. Del trato que reciban en ese momento depende su mayor o menor confianza en el sistema e, incluso, su voluntad de seguir adelante con el procedimiento, que en muchas ocasiones es la “única salida” que les queda frente a la espiral de violencia que sufren.
Con la misma finalidad, se recomienda evitar el peregrinaje judicial de la víctima resolviendo sobre las medidas civiles y penales solicitadas tras su primera comparecencia, también en los casos en los que se ha producido ante el juzgado en funciones de guardia.
En cuanto a la atención que debe darse a las víctimas en los órganos de enjuiciamiento, deben recibir un tratamiento “propio, específico y diferenciado” del resto de testigos pues, dada su doble condición de testigo-víctima, las leyes les otorgan también unos derechos específicos.
El día del juicio, debe respetarse el derecho de la víctima a no tener contacto directo con el acusado en aquellos casos en los que no haya optado por la declaración por vía telemática. En el caso de los menores, la declaración deberá hacerse mediante prueba preconstituida, evitando su comparecencia en el juicio oral.