19 julio 2023

El Banco Santander condenado a devolver 200.000 euros por una vivienda no construida

Promoción de vivienda que no fue construidaLa Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al Banco Santander a devolver 202.000 euros, más intereses, a la heredera del comprador de una vivienda que nunca fue construida porque la promotora quebró.

“Este daño al patrimonio del cliente y comprador y los perjuicios que se derivan de ese daño, han de ser resarcidos y reparados por la entidad financiera”, afirma el letrado Eduardo Rodríguez de Brujón, socio director del bufete Quercus Jurídico, que ha defendido al cliente afectado.

El comprador firmó un contrato con una promotora para la compra de una vivienda en Madrid, para lo cual depositó la cantidad de 202.000 euros en una cuenta de la promotora en el Banco Santander.

Sin embargo, la construcción no llegó a iniciarse y esos fondos fueron destinados por la promotora a usos distintos de la compra de la parcela y la construcción de la promoción, explica el letrado.

“Pese a ser conocedor del destino del dinero depositado en la cuenta corriente abierta a nombre de la promotora, el Banco no dotó a dicha cuenta de la especial protección señalada en la Ley 57/68 y no exigió a la promotora la presentación de los seguros o avales previstos en la misma”, explica el letrado.

Por ello, añade el abogado, el banco “debe responder de su falta de diligencia puesto que la construcción no llegó a iniciarse y no existía liquidez en la cuenta de la promotora, al haber permitido que los fondos ingresados por los compradores de las viviendas fueran traspasados a cuentas de titularidad de la promotora y destinados a usos distintos de la compra de la parcela y la construcción de la promoción”.

En su sentencia la Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación del Banco Santander contra la sentencia dictada por el juzgado de primera instancia nº 36 de la Capital de España, confirma la sentencia, con imposición de costas por el recurso al banco apelante.

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