02 septiembre 2015
El Senado aprueba la reforma del ‘papel cero’ en los juzgados a partir de 2016
El Pleno del Senado aprobará este miércoles la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil que contempla la obligación de que los juzgados trabajen exclusivamente a través de medios electrónicos a partir del 1 enero de 2016 y deja el soporte papel en un formato subsidiario.
La reforma legislativa pasará su último examen en la Cámara Alta una semana después de que la Comisión de Justicia rechazara, con los votos del Partido Popular, los cinco vetos planteados por los grupos parlamentarios mixto, catalán y socialista.
La mayoría de los grupos de la oposición pusieron en duda durante el debate que la eliminación del papel fuera a ser posible a partir del 1 de enero y calificaron como un “desaguisado” el proyecto al considerar que se trata de otra reforma más “abocada a generar frustración”.
Por su parte, el PP recuerda el aumento de la partida destinada en los Presupuestos Generales del Estado a acelerar la Justicia en los entornos digitales y avanzar hacia el ‘papel cero’ y la Justicia en red, que, según afirmó la senadora María del Carmen Dueñas, aumentará un 35,7% más.
COMUNICACIONES ENTRE PROFESIONALES
La nueva norma obliga a que las comunicaciones entre profesionales de los órganos judiciales se realicen de forma exclusiva a través de medios informáticos a partir del próximo año y en todos los órdenes jurisdiccionales.
Así, los jueces podrán emplear datos de correo electrónico y de número de teléfono para localizar a los demandados. De esta forma, el Ministerio de Justicia defiende que se hará habitual en la Administración de Justicia la recepción electrónica de las notificaciones que hasta ahora se recibían en papel. Además, se podrá informar mediante aviso por SMS al teléfono móvil de la persona interesada de que se le ha de practicar una notificación.
En relación a los profesionales que colaboran con la Administración de Justicia, los colegios de procuradores estarán obligados a habilitar los medios necesarios de forma que pueda garantizarse el envío y recepción de notificaciones electrónicas en todo el territorio nacional.
En cuanto a la presentación de escritos y documentos, a partir del 1 de enero de 2016, tanto los profesionales como los órganos judiciales estarán también obligados a emplear los medios electrónicos existentes para realizar esta actividad. Para hacerlo efectivo, la administración competente deberá de habilitar los medios técnicos necesarios antes de dicha fecha.
MODIFICACIÓN DE LA JUSTICIA GRATUITA
El Gobierno ha optado además por incluir en esta norma la modificación de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita que impulsó el exministro Alberto Ruiz-Gallardón para ‘compensar’ la creación de nuevas tasas judiciales y que ampliaba los beneficiarios que pueden acogerse a este servicio.
En vía de enmiendas a la Ley de Enjuiciamiento Civil, los ‘populares’ incluyen la mayoría de las disposiciones de peso del proyecto lanzado por Gallardón e incluyen dos tipos de destinatarios: quienes no tienen recursos suficientes para litigar y quienes tienen este derecho con independencia de su nivel de renta.
El Ejecutivo ya aprobó en febrero de 2013 un decreto ley por el que modificaba la polémica ley de tasas judiciales y anticipaba la aplicación de puntos esenciales de la Justicia Gratuita para que los nuevos beneficiarios pudieran acogerse desde ese mismo momento. Entre ellos, se encontraban todas las víctimas de violencia de género, de trata de seres humanos, de terrorismo, de accidentes graves, así como menores o discapacitados que hayan sufrido abusos o maltrato.
Según recogía el anteproyecto aprobado en Consejo de Ministros, el umbral para acceder a la justicia gratuita pasaría, en términos generales, de dos veces el SMI (14.910,28 euros) a 2,5 veces el IPREM (15.975,33) y en las familias de cuatro o más miembros la referencia pasa a ser el triple del IPREM (19.170,39 euros).
En las unidades familiares de cuatro o más miembros, el umbral de referencia pasará a ser de 1.597 euros brutos anuales, lo que supone una subida de un 20% respecto a los 1242 vigentes. La norma tendrá en cuenta además las circunstancias o de salud del solicitante.
ASOCIACIONES DE VÍCTIMAS
La Ley de Enjuiciamiento Civil incluirá, una disposición que permitirá a las asociaciones de víctimas del terrorismo disfrutar de justicia gratuita con independencia de sus recursos económicos. El partido del Gobierno plantea modificar la norma de 1996 que regula la asistencia gratuita para ampliar este derecho a los colectivos que tengan como fin “la promoción y defensa de los derechos de las víctimas del terrorismo”.
El decreto ley de 2013 ofrecía ya cobertura a las víctimas de violencia de género, individuales de terrorismo, de trata de seres humanos y los menores de edad y discapacitados psíquicos que sufran abusos y maltratos cuando el proceso esté vinculado a su condición de víctima.
Ahora, asociaciones como la AVT o Dignidad y Justicia quedarán exentas del pago de las costas y resto de los costes, como los servicios de abogado y procurador. Tendrán derecho al asesoramiento previo y a atención jurídica especializada cuando interponen una denuncia, mientras que los menores y las personas con discapacidad contarán con asistencia pericial especializada.