15 febrero 2017

El Supremo aplica por primera vez la retroactividad total de una cláusula suelo y adapta la sentencia del TJUE

El Tribunal Supremo (TS) ha decidido aplicar por primera vez la retroactividad total de una cláusula suelo, adaptando así la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en esta materia después de estudiar un recurso planteado por BBVA.

El Alto Tribunal ha rechazado que en este caso concurra “causa juzgada” y ofrece tres justificaciones. Así, apunta que se trata de una acción individual y no colectiva, conforme a la jurisprudencia de la Sala Primera del Supremo, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

También destaca que la cláusula enjuiciada en este caso era diferente a las examinadas por la sentencia del Tribunal Supremo del 9 de mayo de 2013 y subraya como tercer argumento que la entidad de crédito contratante no fue BBVA, sino Caixa d’Estalvis Comarcal de Manlleu.

Con todo ello, el Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que acordaba la retroactividad total de la cláusula suelo y que había sido recurrida por el banco que preside Francisco González.

El alto Tribunal, que ya ha comunicado el fallo a las partes, tampoco cree que sea procedente plantear al Tribunal de Justicia de la Unión Europea las cuestiones prejudiciales que proponía BBVA. El texto íntegro de la sentencia se conocerá en los próximos días.

Fuentes de BBVA han explicado a Europa Press que el banco “respetará y cumplirá” la resolución jurídica del Tribunal Supremo “sin reservas”. “En cuanto recibamos la sentencia procederemos a atender las reclamaciones”, han apuntado.

ACLARACIONES TRAS LA SENTENCIA DEL TJUE

El banco acudió al Supremo con la necesidad de aclarar dos cuestiones concretas tras conocer la sentencia europea que determinó que las entidades de crédito deberían devolver a sus clientes lo cobrado de más por cláusulas suelo: si en su caso se podía aplicar la cuestión de “cosa juzgada”, ya que se vio afectado por la sentencia de mayo de 2013, y si algunas de las acciones de devolución han podido prescribir o caducar.

BBVA estaba pendiente de esta decisión para proceder a aplicar el Real Decreto del Gobierno sobre esta materia. “Tan pronto como el Tribunal Supremo, digamos, interprete esta resolución de Europa, nosotros procederemos de forma rapidísima a devolver todo ese dinero a todas aquellas personas que, lógicamente, tengan derecho a ello”, señaló González en rueda de prensa de presentación de resultados al ser preguntado por el asunto.

Por el momento, la entidad ya tiene constituido “un equipo muy potente” para recibir las reclamaciones de sus clientes, además de haber habilitado su página web, ofrecer su correo electrónico y trasladar toda la información necesaria a sus sucursales.

Por otra parte, el Supremo ha desestimado un recurso de casación que pretendía la nulidad de una cláusula suelo de Caja Rural de Teruel por falta de transparencia, ya que entiende que la condición cumple los requisitos de transparencia establecidos por su jurisprudencia desde la sentencia del 9 de mayo de 2013.

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