15 marzo 2016
El TEDH ampara a dos españoles que tardaron 9 años en ser juzgados por fraude
- No condena al Estado a indemnizarlos porque sus defensas no pidieron compensación
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha declarado este martes que la justicia española infringió los derechos de dos españoles que tardaron más de nueve años en ser juzgados y condenados por fraude y falsificación documental en la venta de los coches a una empresa, informa Europa Press. La instrucción de la causa duró cuatro años desde el inicio del procedimiento y hubo que esperar otros cinco para obtener sentencia.
No obstante, en este caso el Estado no deberá indemnizar a los recurrentes, puesto que sus defensas no presentaron una demanda de indemnización . “En consecuencia , la Corte considera que no hay ninguna llamada a atribuir sin ninguna suma en esa cuenta”, razona el tribunal con sede en Estrasburgo.
Los recurrentes son Gerado M.G y Sigifredo A.G, contra quienes, junto a otras ocho personas, el juez de Instrucción numero 1 de Gijón inició actuaciones en noviembre de 2000 al ser sospechos de fraude en la venta de tres coches a una empresa.
Ambos fueron detenidos en abril de 2001 y, tras instruirse la causa, se abrió causa contra ellos cuatro años después. No obstante, el juicio contra los dos presuntos estafadores no se celebró hasta mayo de 2009, y en el verano de ese mismo año fueron condenados a cinco años y a tres años y medio de prisión respectivamente.
La Audiencia Provincial de Asturias denegó la solicitud de los demandantes a reducir la pena a la vista de la demora injustificada del proceso, y tampoco aceptaron la existencia de dilaciones indebidas el Tribunal Supremo ni el Tribunal Constitucional.
En todas estas resoluciones, la justicia española sostuvo que ciertos períodos de inactividad en esta causa se debieron a a complejidad del caso y el comportamiento de las demandantes, que presentaron numerosos escritos a lo largo de la investigación del caso, y que además uno de ellos no comunicó un cambio de domicilio, lo que ayudó a retrasar aún más las actuaciones.
En la sentencia notificada este martes, la Corte de Estrasburgo observa que el proceso penal se referían a la presunta comisión del fraude y la falsificación de documentos como resultado de la compra de un coche que implica tres demandantes y diez acusados ??. Por lo tanto , se acepta que el caso era de cierta complejidad.
4 años de instrucción
Considera sin embargo que no puede decirse que la causa presentara problemas excepcionales o dificultad y que no existe justificación para que la instrucción se prolongara durante cuatro años, desde el 20 de noviembre de 2000 8 de noviembre de 2004. Además , la Corte considera que el período entre el 8 de noviembre de 2004 , cuando el procedimiento oral se declara abierto y el 5 de junio de 2009, que fue el momento en el que fallo de la Audiencia Provincial de Asturias se emitió finalmente, fue “particularmente largo”.
Finalmente, y vista su jurisprudencia sobre el tema , el TEDH establece que en este caso la duración del procedimiento fue excesiva y no cumplió con el requisito de ” tiempo razonable ” . En consecuencia , declara se ha producido una violación del artículo 6. 1 de la Convención Europea de Derechos Humanos.