13 junio 2024

El TJUE aclara que España debe hacer fijos a los interinos ante el “abuso” de la Administración

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha insistido hoy en que el Estado español está obligado a hacer fijos a los interinos de la Administración Pública que encadenan varios contratos temporales, equiparándolos a los funcionarios, para castigar y prevenir abusos.

Esta nueva resolución llega tras el rechazo del Tribunal Supremo en mayo de este año a aplicar esta misma sentencia que lanzó el TJUE el pasado 22 de febrero sobre el caso de tres trabajadoras españolas.

La sentencia da respuesta a la demanda de las interinas de la Generalitat que solicitaban que su contrato temporal de larga duración se transformara en indefinido. También pidieron una compensación económica de 18.000 euros como sanción por el recurso abusivo a sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada del que alegan haber sido víctimas.

En su sentencia, el TJUE señala que, a falta de medidas adecuadas en la legislación nacional para prevenir y, en su caso, sancionar los abusos, la conversión de los contratos de duración determinada en indefinidos puede constituir una medida adecuada de prevención y reparación. Una afirmación del tribunal europeo que demuestra que la ley de 2021 para reducir la temporalidad en el empleo público no está siendo efectiva.

Silvia Gambarte, abogada que consiguió en marzo que un juzgado de Madrid declarara fija a una trabajadora de la televisión pública, que encadenó hasta cinco contratos por obra o servicio, afirma que si la sentencia de febrero del TJUE ya era un aviso de cómo había que hacer las cosas, la de hoy supone un refuerzo: “Los juzgados españoles tienen que sancionar de alguna manera la temporalidad de estos empleados y la única forma es convertirlos en indefinidos. Suponía una gran inseguridad jurídica para los trabajadores que encadenaban fraudulentamente contratos”.

Fabián Valero, abogado que ha representado a varios empleados públicos de Vigo en esta situación considera que el fallo reconoce la conversión a indefinidos de estos trabajadores: “Esto no quiere decir que se conviertan en funcionarios de carrera, sino que sus causas de cese deben ser las mismas que las previstas para los funcionarios de carrera, sin perjuicio de que su estatus jurídico en otras cuestiones resulte diferente”.

“El TJUE ha refrendado que la ley 20/2021 es contraria a la directiva comunitaria, tanto en su vertiente de cubrir mediante proceso selectivo los puestos de empleados públicos en fraude de ley, como por establecer indemnizaciones tasadas como compensación al cese, por lo que el abuso de temporalidad propiamente dicho queda sin sanción”, manifiesta el abogado.

Según los datos el Instituto Nacional de Estadística (INE) del cuarto trimestre de 2023, en España hay 3,5 millones de trabajadores públicos, de los que un millón son temporales, aunque esta información no diferencia sobre cuánto tiempo llevan en esta situación.

Ahora el Supremo tendrá que volver a pronunciarse para unificar doctrina sobre estas situaciones.

“Parece evidente que las soluciones propuestas por el legislador, y que hasta el momento avaló nuestra jurisprudencia, no se ajustan a la directiva comunitaria. Lo que realmente necesitamos es un cambio normativo, pero mientras este no llegue el Supremo debe ajustar su jurisprudencia a la nueva situación”, añade Fabián Valero.

 

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