01 junio 2023
El Tribunal Supremo establece que los dos progenitores puedan cobrar a la vez el complemento de maternidad en sus pensiones
El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha fijado como doctrina que los dos progenitores puedan cobrar de forma simultánea el complemento de maternidad por aportación demográfica, vigente desde el 1 de enero de 2016 hasta el 3 de febrero de 2021.
Según la sentencia, el complemento “puede ser obtenido por mujeres u hombres que cumplan los requisitos en él previstos, sin tomar en consideración la circunstancia de que el otro progenitor (o persona asimilada) también tenga o pueda tener derecho a su percepción”.
“No reconocer el complemento a aquellos hombres que cumplen con los mismos requisitos que cualquier mujer ya beneficiaria es discriminatorio por razón de sexo porque ellos también aportaron a la demografía española”, señala Ignacio Martínez de IM Abogados de La Coruña, letrado que ha llevado el caso.
Comenta también que la sentencia “abre la puerta a una ingente cantidad de hombres que se encuentra en esa situación para que reclamen el complemento con éxito”.
Esta mejora económica de las pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente para progenitores con dos o más hijos ha sido sustituida por el Complemento por Brecha de Género, que entró en vigor el 4 de febrero de 2021 con el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero.
Para Martínez este segundo complemento “es menos beneficioso y de mucho más difícil acceso para los hombres y no lo pueden percibir ambos progenitores a la vez”, ya que se concede al progenitor que acredite un perjuicio en su carrera profesional tras el nacimiento de su hijo/a.