01 marzo 2016

Escudo de privacidad UE – EE.UU.

fingerprint and data protection on digital screen

La Comisión Europea ha hecho públicos los textos jurídicos que establecerán el Escudo de privacidad entre la Unión Europea y Estados Unidos, así como una Comunicación en la que se resumen las medidas tomadas a lo largo de los últimos años para recuperar la confianza en los flujos de datos transatlánticos desde las revelaciones hechas en 2013 sobre la vigilancia de las comunicaciones. De conformidad con las orientaciones políticas del presidente Juncker, la Comisión ha ultimado la reforma de las normas de la UE en materia de protección de datos, que se aplican a todas las empresas que prestan servicios en el mercado de la UE; negociando el acuerdo marco entre la UE y los Estados Unidos, que garantiza unos altos estándares de protección de datos para las transferencias transatlánticas de información con fines policiales, y así ha logrado un sólido marco renovado para el intercambio de datos comerciales: el Escudo de privacidad UE-EE UU.

La Comisión también ha hecho público el proyecto de «Decisión sobre el carácter adecuado de la protección» de la Comisión, además de los textos que constituirán el Escudo de privacidad UE-EE UU, tales como los principios del Escudo de privacidad a los que deben atenerse las empresas y compromisos por escrito del Gobierno de los Estados Unidos, que se publicarán en su Registro Federal, sobre el cumplimiento del acuerdo, con garantías relativas a las salvaguardias y limitaciones en materia de acceso a los datos por parte de las autoridades públicas.

Esto se garantizará a través de lo siguiente:

  • Obligaciones estrictas para las empresas y aplicación rigurosa
  • Salvaguardias claras y obligaciones de transparencia en cuanto al acceso por parte de la administración estadounidense
  • Protección eficaz de los derechos de los ciudadanos de la UE con varias posibilidades de recurso: en caso de disputa, esta tendrá que resolverla la propia empresa en un plazo de 45 días. Habrá un sistema extrajudicial gratuito de resolución de litigios.-
  • Mecanismo de revisión conjunta anual

Una vez alcanzado el acuerdo sobre el Escudo de Privacidad se procederá a consultar a un Comité compuesto de representantes de los Estados miembros, y las autoridades de protección de datos de la UE (Grupo de trabajo «artículo 29») emitirán su dictamen, antes de que la CE tome una decisión definitiva. Mientras tanto, los socios estadounidenses harán los preparativos necesarios para establecer el nuevo marco, los mecanismos de control y el nuevo mecanismo del Mediador. La Comisión Europea espera que se apruebe a finales de junio o principios del verano.

Tras la adopción por el Congreso de los Estados Unidos de la Ley de recurso judicial, promulgada por el presidente Obama el 24 de febrero, la Comisión Europea propondrá en breve la firma del acuerdo marco. El Consejo adoptará la decisión por la que se celebra el acuerdo, previa aprobación por el Parlamento Europeo.

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-16-433_es.htm

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