09 abril 2019

Estado de Derecho: la Comisión Europea inicia un procedimiento de infracción para proteger a los jueces en Polonia del control político

La Comisión Europea ha iniciado un procedimiento de infracción al enviar una carta de notificación formal a Polonia sobre el nuevo régimen disciplinario para los jueces. El gobierno polaco tiene 2 meses para responder.

El nuevo régimen disciplinario socava la independencia judicial de los jueces polacos al no ofrecer las garantías necesarias para protegerlos del control político, como lo exige el TJUE.

En primer lugar, la Comisión opina que Polonia no cumplió con sus obligaciones en virtud del artículo 19, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea, en relación con el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que consagra el derecho a un derecho Remedio efectivo ante un tribunal independiente e imparcial.

La ley polaca permite someter a los jueces de los tribunales ordinarios a investigaciones disciplinarias, procedimientos y, en última instancia, sanciones, debido al contenido de sus decisiones judiciales. Además, el nuevo régimen disciplinario no garantiza la independencia e imparcialidad de la Sala de Disciplina de la Corte Suprema que revisa las decisiones tomadas en los procedimientos disciplinarios contra los jueces. Esta Cámara disciplinaria está compuesta únicamente por nuevos jueces seleccionados por el Consejo Nacional para el Poder Judicial, cuyos miembros de jueces ahora son nombrados por el parlamento polaco (Sejm).

Además, el nuevo régimen disciplinario no garantiza que un tribunal “establecido por ley” decida en primera instancia sobre los procedimientos disciplinarios contra los jueces de los tribunales ordinarios, ya que faculta al Presidente de la Cámara de Disciplina para determinar, con carácter ad hoc y con a discreción casi ilimitada, el tribunal disciplinario de primera instancia para conocer un caso determinado. Además, el nuevo régimen disciplinario para jueces restringe los derechos procesales de los acusados ​​en los procedimientos disciplinarios. El nuevo régimen ya no garantiza que los casos se resuelvan en un plazo razonable, lo que permite que el Ministro de Justicia y el Presidente de la República mantengan los cargos pendientes permanentemente sobre los jueces a través de los funcionarios disciplinarios designados por ellos. Asimismo, el nuevo régimen afecta al derecho de defensa de los jueces.

Finalmente, la Comisión considera que Polonia no cumplió con sus obligaciones en virtud del artículo 267 TFUE, que consagra el derecho de los tribunales a solicitar sentencias preliminares al Tribunal de Justicia Europeo. Como lo demuestran los acontecimientos en Polonia, el nuevo régimen disciplinario permite que los jueces estén sujetos a procedimientos disciplinarios por el contenido de sus decisiones judiciales. Esto incluye decisiones para remitir preguntas al TJUE. Como los jueces no están protegidos contra la exposición a sanciones disciplinarias por ejercer este derecho consagrado en el artículo 267 del TFUE, el nuevo régimen crea un efecto escalofriante al hacer uso de este mecanismo. El funcionamiento del mecanismo de referencia preliminar, que es la columna vertebral de la Unión.

El gobierno polaco tiene ahora 2 meses para responder a la carta de notificación formal.

 

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-19-1957_en.htm

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