08 junio 2021
Eva Ribó: “No se puede dejar a la abogacía fuera de la asistencia jurídica de las personas con discapacidad”
El reto fundamental de la abogacía es “conseguir el acceso a la justicia de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones que el resto de la sociedad”. Así lo ha manifestado Eva Ribó, coordinadora del Grupo de Trabajo de Discapacidad del Consejo General de la Abogacía Española, en la sesión online para operadores jurídicos “La reforma de la legislación civil en materia de discapacidad”, organizada por Plena Inclusión.
Ribó ha explicado que la abogacía actualmente no está presente en los procedimientos de discapacidad, por eso sostiene que “la asistencia legal completa y preceptiva es fundamental durante todo el proceso, porque la mayoría de estas personas son vulnerables y acuden a la justicia gratuita”. Por tanto, otro de los retos para los abogados es “crear turnos de oficio especializados”. La formación en la materia también “es imprescindible para aplicar los derechos de la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad. Y una mayor dotación presupuestaria es una exigencia de todos los operadores jurídicos”.
La decana del Colegio de la Abogacía de Sant Feliu ha analizado la figura del “guarda de hecho”, que, a su juicio, “es el que mejor resume la garantía del ejercicio de la capacidad jurídica y hace prevalecer la autonomía de las personas con discapacidad”. Pero añade que “esta figura no es su representante legal y en ámbitos como el patrimonial o notarial es fundamental el asesoramiento pleno durante todo el procedimiento para conocer el alcance de sus obligaciones y sus derechos”. Por tanto, lamenta que se aparte la intervención letrada en la mayoría de estos procedimientos, lo que “ataca al principio de autonomía y voluntad de las personas con discapacidad”, puntualiza.
El pasado 2 de junio se aprobó la La Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. La presente reforma pretende dar un paso decisivo en la adecuación de nuestro ordenamiento jurídico a la Convención internacional, hecha en Nueva York en 2006. Este tratado, en su artículo 12, proclama que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida, y obliga a los Estados a adoptar las medidas para proporcionar a las personas con discapacidad el apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica.
La abogacía ya lamentó que esta reforma no había recogido la asistencia letrada preceptiva, algo que llevaba tiempo reclamándose. Solo lo contempla para algunos casos excepcionales como la remoción del tutor o el curador y la extinción de poderes preventivos, y la autorización o aprobación judicial de actos patrimoniales complejos en los que el juez ordene su intervención.
En la sesión han participado también Rafael de Lorenzo, secretario general del Consejo General de la ONCE; María Jesús Moro, diputada nacional del PP; Josele Aguilar, senador socialista; Ignacio Sancho, magistrado del Tribunal Supremo, Avelina Alía, fiscal decana del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o Inés de Araoz, asesora jurídica de Plena inclusión.