28 mayo 2018
Inés Barba, abogada del Turno de Oficio de la CPI: “La cúpula penal apuesta por globalizar la Justicia para perseguir los delitos”
Por Ana Sanz
Inés Barba es abogada especializada en derecho penal y acaba de entrar a formar parte del Turno de Oficio de la Corte Penal Internacional de La Haya. En 2007 montó el despacho SBJ abogados junto con otros compañeros, desde donde lleva casos en los que hay que trabajar a nivel internacional y en los que principalmente se persiguen delitos contra la salud pública, pertenencia a organización criminal, tráfico de armas y blanqueo.
- El Turno de Oficio de la Corte Penal Internacional esta integrado por 700 letrados de diferentes países, ¿Cuándo decidió inscribirse en este turno?
Me lo sugirió la pasada primavera una buena amiga, Noemí Alarcón Velasco, letrada en el ámbito Internacional en asuntos de Extranjería, y presenté mi solicitud en Junio ante la Corte Penal Internacional.
- ¿Qué supone ser uno de los 18 españoles que forman parte de la lista?
Una gran satisfacción, seguida inmediatamente de una gran sensación de responsabilidad.
- ¿Qué peculiaridades tiene el Turno de Oficio de La Haya?
En primer lugar, el turno está participado por letrados de muy diversos países del mundo, siendo indispensable que tengan un nivel excelente en, al menos, inglés o francés, lenguas en las que se desarrollarán los procesos judiciales. Existen, a disposición de esa lista de letrados que se nombran en función de su necesidad y por un orden, o que pueden ser designados libremente fuera del Turno de Oficio, también otros profesionales del Derecho subordinados que le auxilian en la preparación del caso, formando un equipo ya sea en su cualidad procesal de defensa o acusación particular.
- ¿A qué tipo de casos se enfrentan los abogados de este tipo de turno?
Los delitos tasados de los que conoce la Corte Penal Internacional son el de genocidio, crímenes de guerra, de agresión y de lesa humanidad, con respecto a los cuales los letrados del Turno de Oficio pueden ejercer, según opten, al ejercicio de la defensa o de la acusación particular.
- ¿El hecho de que se traten asuntos sobre otros países supone una dificultad añadida?
Muy posiblemente en el ámbito de la investigación de los delitos, de la conformación de la prueba para proceder a un ensamblaje final.
- ¿Considera indispensable hablar otros idiomas para desempeñar su trabajo en la Corte Penal Internacional o con los traductores es suficiente?
Es un requisito indispensable para los letrados que acceden al ejercicio del Derecho en esa Corte un muy elevado conocimiento de la lengua inglesa y/o francesa. En mi caso particular hablo ambas, y la traducción serviría exclusivamente para las partes del procedimiento (por ejemplo, la prueba testifical) en las que eventualmente los intervinientes no se pudieran expresar en ninguna de las dos.
- ¿Por qué cree que el derecho penal es la rama más creativa del derecho?
Porque sin duda es un derecho en evolución continua, vivo, tan atractivo y tan distinto a las otras ramas – no sólo en términos estrictamente procedimentales-, con un espacio propio entre la argumentación jurídica de la defensa y la construcción del planteamiento legal acomodado a los hechos enjuiciados, que se moldean desde la primera toma de contacto con el caso en bruto.
- Cuando comenzó a estudiar Derecho y le dijo a su padre que le interesaba sobre todo Penal, su padre le dijo que no era una rama para una señorita. ¿Esta afirmación determinó que finalmente se dedicara a ello?
Estoy prácticamente convencida de que ese fue el mejor argumento que me podía dar para decidirme.
- ¿Cree que el hecho de ser mujer ha supuesto una traba para llegar a donde esta?
En absoluto, no he tenido sino todo el respeto de mis compañeros penalistas, aunque sí es verdad que aún hay menos mujeres que hombres. Muchas veces, las trabas nos las ponemos nosotras mismas, y no veo ninguna razón para ello.
- ¿Es necesario el apoyo de policías e instituciones de todos los países para garantizar la justicia universal por la que aboga la Corte Penal Internacional? ¿Puede la no colaboración dificultar los casos?
Indudablemente, es una realidad jurídica en marcha muy ambiciosa en la que intervienen un gran número de actores, una cúpula penal que pretende globalizar la justicia del mismo modo que el delito en sí tampoco escapa a la globalización, tan presente en nuestra realidad cotidiana. En dicha medida, la cooperación institucional debe estar también a esa misma altura, mucho más allá de cómo se concibió en el propio Estatuto de Roma. Es precisamente el desfase entre el avance de la realidad viva del hecho penal y el de las instituciones o el de éstas entre sí el que conduce a dificultar el caso concreto, lo cual puede ser o no beneficioso, dependiendo de la cualidad procesal que desempeñes en ese momento.