04 marzo 2022
Justicia propone evitar que profesionales con antecedentes penales por violencia de género puedan estar en el turno de oficio de esta especialidad
El Ministerio de Justicia ha introducido una modificación en el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita para regular los requisitos específicos que tanto la abogacía como la procura deberán cumplir en el turno de oficio especializado en violencia de género. Así, no podrán prestar dicho servicio los profesionales que cuenten con antecedentes penales por hechos de naturaleza similar a los denunciados por las víctimas defendidas o representadas.
Esta exigencia se extiende también a la defensa y representación de víctimas de otros delitos, como el terrorismo y la trata de seres humanos, así como a las víctimas menores de edad y las víctimas con discapacidad necesitadas de protección especial.
De esta forma, se da cumplimiento a la recomendación que el Defensor del Pueblo hizo al Ministerio de Justicia para que garantizar y regular que, en la asistencia a las víctimas de violencia de género por parte de los letrados de los turnos de oficio especializados en esta área, no puedan participar profesionales que hayan sido condenados por tal delito.
Con este RD se pretende fortalecer el derecho de defensa y representación procesal de estas víctimas beneficiarias de justicia gratuita. La ministra Llop destaca que la garantía de un adecuado derecho de defensa y representación “redundará en una mejor atención y protección de las víctimas durante el proceso, reduciendo la victimización secundaria”.