24 enero 2013
La abogacía catalana recurre la Orden Ministerial que regula el pago de las tasas judiciales
El Consejo de la Abogacía Catalana (CICAC), que representa los catorce Colegios de Abogados de Cataluña, ha presentado un recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional contra la Orden Ministerial que regula el pago de las tasas judiciales previstas en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre. La Abogacía catalana solicita la suspensión de la aplicación de la Orden Ministerial por considerar que afecta de forma directa al derecho constitucionalmente reconocido de tutela judicial efectiva y acceso a la justicia, despreciando el Estado de Derecho’.
La demanda presentada por el CICAC califica de ”inconstitucional” la Orden Ministerial de regulación de la Ley, por considerar que vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva, reconocido en el artículo 24 de la Constitución.
Las tasas constituyen un “obstáculo económico insalvable para infinidad de particulares, teniendo en cuenta su elevada cuantía”, dice el recurso, que alerta del “desproporcionado efecto disuasorio” del acceso a la justicia que pueden generar las nuevas tasas “especialmente en aquellas personas con menos recursos económicos, sin llegar a beneficiarse de la asistencia jurídica gratuita”. Para la Abogacía catalana, “las tasas supondrán una limitación del derecho de acceso a la justicia, uno de los derechos más fundamentales del ciudadano”, por lo que solicita la anulación de la orden ministerial que regula las tasas y, por tanto, su aplicación, por “inconstitucional”.
RECURSO ADMITIDO A TRÁMITE, PREVIO PAGO DE LA TASA
El recurso se encuentra en fase de admisión a trámite por la Audiencia Nacional. A pesar de que se impugna precisamente la orden que regula el pago de las tasas y se ha pedido la suspensión cautelar, la Audiencia Nacional continúa requiriendo el previo pago de la tasa correspondiente, sin atender a los argumentos que pedían el planteamiento de una cuestión de inconstitucionalidad. Por este motivo, el Consejo de la Abogacía Catalana ha decidido atender el requerimiento y proceder a su liquidación por imperativo legal, y a su vez interponer una reclamación dirigida al Tribunal Económico Administrativo planteando la inconstitucionalidad de la Ley y reclamando la devolución de la tasa.