24 abril 2014
La Abogacía Valenciana estudia llevar al TS las retribuciones a los abogados del Turno de Oficio
El 23 de abril se comunicó a las partes la Sentencia del TSJCV, que resuelve el recurso interpuesto por el Consejo Valenciano de Colegios de Abogados (CVCA) contra la Orden 2/2012, que establecía las retribuciones que, por cada asunto, debían percibir los letrados que prestan sus servicios en el Turno de Oficio en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
La Sentencia estima en parte el recurso de los abogados y anula parcialmente la Orden 2/2012, al ordenar que se mantenga el concepto retributivo, relativo a las transacciones extrajudiciales, que ésta había derogado y que forzaba a mantener procedimientos judiciales que de otra manera hubieran finalizado con acuerdo.
Sin embargo la Sentencia, pese a reconocer la existencia de defectos formales en la tramitación de la Orden, considera que dichos defectos no causaron indefensión y, por lo tanto, estima que no hay motivos para anularla.
En cuanto a las retribuciones fijadas para los abogados, la Sentencia recuerda la exigencia constitucional que tiene el Estado de garantizar la defensa letrada y, en definitiva, el acceso a la tutela judicial efectiva. El Tribunal no cuestiona el deber de que se retribuya a los abogados correctamente, pero al mismo tiempo afirma que los baremos “deben someterse a la disponibilidad presupuestaria de cada momento para así alcanzar el repetido objetivo de tutela judicial efectiva”.
Fuentes del CVCA se han mostrado satisfechas con el hecho de que se ordene mantener el concepto retributivo anulado “porque una Orden no puede revocar lo que viene fijado en un Decreto y además la revocación obligaba a mantener pleitos que hubieran podido cerrarse con un acuerdo ” pero, al mismo tiempo, dicen “respetar pero no compartir” el resto de pronunciamientos de la sentencia, especialmente porque “La Generalitat, la ciudadanía y el Tribunal deben entender que no se puede garantizar la tutela judicial efectiva sin una correcta defensa letrada, y para ello es necesario que las retribuciones que se establezcan para los letrados de oficio sean dignas y suficientes, conforme exige la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita e incumple la Orden de la Conselleria”. Por ello están estudiando la posibilidad de interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.