17 septiembre 2024

La AEAFA denuncia ante la ONU que los menores españoles no son escuchados en divorcios y rupturas de pareja

Sala Gesell Juzgado
Sala Gesell de un juzgado

La Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) ha denunciado hoy ante el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, en Ginebra, la vulneración del derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser escuchados en los divorcios y rupturas de pareja en nuestro país.

“Lamentablemente, en la práctica judicial española solo existe la obligación de escucharlos a partir de los 12 años y, por desgracia, no siempre se cumple esta exigencia, salvo en los procesos relativos a la sustracción de menores donde la exploración se puede llevar a cabo, aunque sean pequeños”, señala la vocal de la AEAFA, Nerea Sologaistua.

La AEAFA considera que en estas situaciones se dilucidan cuestiones tan importantes como qué padre o madre será el más idóneo para su cuidado, el sistema de guarda y custodia o cómo se desarrollará la comunicación y visitas con el otro progenitor. Y por eso exige que se elimine la frontera de los 12 años para que su opinión pueda ser recabada por el juez.

También pide que la escucha no se produzca en el mismo día y hora que la audiencia del divorcio o de adopción de medidas que afectan a la familia. Actualmente los menores son llamados a exploración judicial el mismo día y hora de la audiencia, lo cual les provoca un estrés innecesario además de incrementarse el riesgo de conflicto de lealtades.

En España más de la mitad de los niños y niñas (55%) que acude a un juzgado por una crisis de familia comparece en la sala de vistas y el mismo día de la celebración del juicio donde sus padres litigan. Solo el 6% de los menores en España expone su opinión en una sala amigable y adecuada para tal efecto, mientras un 35% restante lo hace en el despacho del juez, según indica el Observatorio del Derecho de Familia de la AEAFA.

La AEAFA lamenta que la falta de medios económicos y materiales dejen sin efecto la legislación vigente y el derecho a una asistencia jurídica inmediata y gratuita cuando son víctimas de maltrato/abuso o cuando son declarados en desamparo y desean oponerse judicialmente a esta medida administrativa.

La Ley de Infancia entró en vigor el 5 de junio de 2021 y desde su publicación se establecía el periodo de un año para crear los Juzgados de Violencia contra la Infancia y Adolescencia. Esta medida es “esencial” para evitar la revictimización de los menores. Sin embargo, a pesar del mandato, solo existe uno de ellos en Las Palmas de Gran Canaria con carácter piloto.

Por este motivo, la AEAFA ha trasladado al el Comité de los Derechos del Niño el incumplimiento de la ley para evitar situaciones de maltrato institucional. Cuando un niño o niña denuncia se ve obligada a testificar varias veces. Primero, con los agentes policiales, después en la unidad de valoración forense (cuando la hay) y luego, ante la jueza o juez. La idea es evitar la victimización secundaria de los niños y, a través de estos juzgados, garantizar que sean atendidos por operadores jurídicos especializados; en espacios adecuados y amigables; y mediante un proceso rápido y ágil.

Asimismo, la asociación considera necesario aumentar sustancialmente la dotación de medios económicos y humanos a la administración de justicia, para poder tener un servicio público de la calidad que merecen todos los ciudadanos independientemente de su lugar de residencia .“Los niños, niñas y adolescentes sufren maltrato institucional porque España aprueba leyes bienintencionadas, pero luego ni se desarrollan normativamente ni se acompañan de recursos económicos y personales”, señala Sologaistua.

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