19 enero 2022
La Audiencia de Barcelona da la razón a Lidl en su batalla contra Thermomix
La Audiencia de Barcelona ha dado un vuelco al caso “Lidl contra Thermomix” al estimar el recurso de la cadena de supermercados contra la sentencia que le condenaba a retirar sus robots de cocina “Monsieur Cuisine Connect” en España por infringir los derechos de patente de Thermomix.
Ahora, los magistrados han considerado que la patente española de la empresa Vorwerk, fabricante de Thermomix, es nula por haber ampliado la protección de forma ilegítima en el curso de su tramitación en nuestro país. Además, la sentencia establece que la solicitud no dispone de actividad inventiva y que Lidl no ha copiado ningún elemento del otro robot, por lo que podrá volver a comercializarlo.
Entre otras cuestiones, el caso se centró en una de las características que Thermomix defiende como propia, el sistema de seguridad que paraliza el motor de rotación de las cuchillas cuando el usuario retira la tapa del vaso de cocina de la máquina, y que el robot de Lidl también incorpora, aunque éste negaba que actuara de la misma manera. La sentencia de la Audiencia de Barcelona “entiende que la patente no reivindica una solución nueva con el sistema de seguridad sino que, simplemente, reproduce una solución ya existente”, explica Marelisa Blanco, abogada en NoLegalTech y Akme y especialista en propiedad intelectual. Lidl reforzó su argumento en este sentido citando ejemplos de mecanismos usados por otras marcas y señalando que “tampoco difieren mucho de las soluciones presentadas en la patente de Vorwerk, y que por tanto no existe actividad inventiva”, añade.
Además, en el robot de Lidl la tapa se puede abrir “sin necesidad de detener previamente el mecanismo agitador”, algo que sí sucede en la Thermomix. Una vez abierta, el movimiento se detiene, pero no de forma inmediata, por lo que no es tan seguro como el mecanismo de Thermomix, y por lo tanto no es una copia, según establece la sentencia.
Las partes podrán interponer recursos de casación y por infracción procesal en el plazo de 20 días tras la notificación del fallo.
Tras la sentencia favorable a la alemana Vorwerk, dictada por el juzgado de lo mercantil número 5 de Barcelona en enero del pasado año, Lidl tuvo que retirar del mercado español todos los ejemplares que se encontraban “en su poder y en el de sus distribuidores, así como todos los documentos comerciales, material publicitario y promocional u otros documentos en los que se reproduzca ese producto, incluido Internet”; y dejar de importar, almacenar y vender la máquina.