22 octubre 2013

La Audiencia Nacional excarcela a Del Río en cumplimiento de la sentencia de Estrasburgo

El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado por unanimidad la excarcelación de la etarra Inés del Río después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechazara el lunes 21 de octubre el recurso del Gobierno contra la sentencia que condenó a España a indemnizarla por haberle aplicado la ‘doctrina Parot’ con carácter retroactivo.

Tras celebrar una reunión extraordinaria que se prolongó durante una hora y media, los 17 magistrados de la Sala de lo Penal han acordado la salida de prisión de Del Río, que fue condenada a 3.828 años de cárcel por su actividad como miembro del ‘comando Madrid’ de ETA, en el que cometió un total de 24 asesinatos.

El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado el bloqueo de la indemnización de 30.000 euros concedida a la miembro de ETA Inés del Río por el TEDH para destinarla a las víctimas. En un auto hecho público el 22 de octubre, en el que ordenan la inmediata puesta en libertad de la etarra, los 17 magistrados que componen el Pleno establecen que se impute esta cantidad “al pago de las responsabilidades civiles decretadas a favor de las víctimas” incluso en el caso de que sirva para compensar “el derecho de subrogación del Estado”.

La Gran Sala del TEDH confirmó este lunes la resolución que condenó a España el  julio de 2012 a indemnizar a la etarra con 30.000 euros por daños morales y a pagarle 1.500 euros en concepto de costas procesales, al considerar que España vulneró el Convenio de Derechos Humanos.

Los magistrados, que han tomado esta decisión tras una reunión de más de hora y media de duración, especifican además, que la sentencia de TEDH es “de obligado cumplimiento para nuestro Estado” que se comprometió a “dar efectividad y ejecutar las sentencias del Tribunal al prestar su consentimiento al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Civiles y Libertades Fundamentales”.

También establecen que el Convenio, en su artículo 46.1 refleja de forma concreta “el compromiso de los Estados de acatar las sentencias en los litigios en que sean demandados, algo que la sentencia se ha visto en la necesidad de recordar”.

En este sentido advierten que en el caso de no haber ejecutado “de manera adecuada” la sentencia de Estrasburgo “sería el Tribunal Constitucional el que tendría que reaccionar” anulando una decisión contraria a los derechos humanos básicos y, en concreto, al derecho a la libertad de Del Río.

La decisión de la Sala de lo Penal ha sido remitida por fax a la cárcel de Teixeiro (A Coruña), donde se encuentra la etarra y de la que saldrá en las próximas horas en cumplimiento de esta resolución judicial, según apuntaron fuentes judiciales.

“La resolución es clara y concluyente: incumbe al Estado asegurar la puesta en libertad de la demandante en el plazo más breve, ya que se encuentra irregularmente privada de libertad desde el 3 de julio de 2008”, recuerda el Pleno.

El auto –que advierte que la aplicación de la doctrina Parot a la etarra se dictó en el marco de un proceso judicial “por naturaleza dinámico y en evolución”– concluye asegurando que todos los poderes públicos, y en primer lugar el tribunal sentenciador, deben “reparar y evitar la actualización de la violencia del derecho fundamental a la libertad”.  “Es por ello que debe acordarse de manera inmediata su liberación, declarando extinguida la responsabilidad penal por cumplimiento de la condena”, dice.

26 AÑOS Y 3 MESES

La resolución recuerda que Del Río ha permanecido en la cárcel 26 años y tres meses (desde el 6 de julio de 1987) en cumplimiento de ocho sentencias por los delitos de atentado con resultado de muerte, asesinatos, lesiones, estragos, tenencia ilícita de armas, depósito de explosivos, falsedad documental y pertenencia a organización terrorista.

Aunque su salida de la cárcel se fijó inicialmente para 2008 tras aplicarle las redenciones de penas por trabajo establecidas en el Código Penal de 1973, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acumuló el 30 de noviembre de 2000 todas sus condenas y, tras aplicarle la ‘doctrina Parot’, señaló su salida de la cárcel para el 27 de junio de 2017, cuando se cumpliría el tope legal de 30 años.

LA FISCALÍA ANALIZARÁ CADA CASO DE FORMA INDIVIDUAL

El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha manifestado  durante un desayuno informativo que su departamento “no va a poner ninguna dificultad” a la ejecución de la sentencia del TEDH , si bien cada caso se analizará de forma individual.

Torres-Dulce ha resaltado que España es un Estado de Derecho y que como tal estamos sujetos a la Constitución y a los tratados internacionales. “Aunque discrepemos, la sentencia obliga a ejecutarla en sus estrictos términos, la Fiscalía no va a poner ninguna dificultad a su ejecución”.

Ha añadido que la decisión de Estrasburgo “no cuestiona en sí misma la doctrina Parot, sino la manera de aplicar retroactivamente dicha normativa jurisprudencial”.

Por ello, se examinará cada caso concreto de preso afectado por la aplicación de esta doctrina “para decidir si procede o no procede su aplicación”.  “Ni vamos a ralentizar ni a acelerar absolutamente nada”, ha indicado Torres-Dulce.

Durante un desayuno informativo organizado por el foro Nueva Economía, el fiscal general del Estado fue preguntado también  por la existencia o no de una discrepancia con el actual ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, respecto a la política de acercamiento de presos.

A este respecto, Torres-Dulce ha manifestado que esta cuestión corresponde al Gobierno, concretamente al Ministerio del Interior, y que no tiene ninguna posición ni nada que decir al respecto.

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