10 julio 2018

La CE acoge con satisfacción la adopción por el Parlamento Europeo del Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV) y el refuerzo de la Agencia eu-LISA

El Parlamento Europeo ha aprobado definitivamente el establecimiento del Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV) y el refuerzo del mandato de eu-LISA, la Agencia Europea para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia.

Las propuestas legislativas relativas al SEIAV y a eu-LISA, presentadas por la Comisión en noviembre de 2016 y junio de 2017, respectivamente, aparecían como prioridades políticas en la Declaración conjunta sobre las prioridades legislativas de la UE para 2018-2019.

La autorización SEIAV no es un visado. Una vez sea operativo, el sistema llevará a cabo un control, previo al viaje, de los riesgos en materia de seguridad y migración de los viajeros que se beneficien de un acceso sin visado al espacio Schengen. A su llegada a las fronteras de la UE, los viajeros deberán tener un documento de viaje válido y una autorización SEIAV.

  • Asequible, simple y rápido:Todos los viajeros exentos de visado deberán solicitar la autorización SEIAV antes de su visita al espacio Schengen. No se tarda más de diez minutos en cumplimentar la solicitud en línea y se concede aprobación automática en más del 95 % de los casos. Los viajeros tendrán que pagar una tasa única de 7 EUR (si tienen entre 18 y 70 años) y la autorización expedida será válida durante tres años.
  • Verificación cruzada de los sistemas de información de la UE:El SEIAV contrastará los datos proporcionados por los viajeros exentos de visado con los sistemas de información de la UE para la gestión de fronteras, la seguridad y la migración, incluido el Sistema de Información de Schengen (SIS), el Sistema de Información de Visados (VIS), Eurodac y las bases de datos de Interpol y de Europol. Si los datos contrastados coinciden con las bases de datos de la UE, la solicitud será entonces verificada manualmente por la unidad central SEIAV, gestionada por la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas.
  • Normas claras sobre las denegaciones: En los casos en los que se deniegue la autorización, la autoridad nacional competente deberá informar al solicitante sobre la decisión o solicitar información adicional en un plazo de 96 horas. Si se proporciona información adicional, la autoridad nacional deberá tomar una decisión en un plazo de cuatro semanas a partir de la fecha de solicitud inicial. En caso de rechazo, los solicitantes siempre tendrán derecho a recurrir.

La mejora de eu-LISA, la Agencia Europea para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia, proporcionará a la Agencia la capacidad y las herramientas necesarias para una gestión operativa centralizada de los sistemas de información de la UE en materia de migración, seguridad y gestión de fronteras.

  • Desarrollo de nuevos sistemas: La eu-LISA reforzada tendrá un papel fundamental en el desarrollo y el mantenimiento de nuevos sistemas de información de la UE para la migración, la seguridad y la gestión de fronteras, en particular el Sistema de Entradas y Salidas (SES) y el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV).
  • Mejora de los sistemas existentes: La Agencia también estará en mejores condiciones para mantener y modernizar los sistemas existentes, como el Sistema de Información de Schengen (SIS), el Sistema de Información de Visados (VIS) y Eurodac, de los que ya es responsable.
  • Garantizar la interoperabilidad:La Agencia reforzada se encargará de desplegar soluciones técnicas para garantizar que estos sistemas de información de la UE interactúen con eficiencia y sean fácilmente accesibles a la policía y los guardias de fronteras sobre el terreno.

Ambos textos deberán ser adoptados definitivamente por el Consejo. A continuación, el presidente del Parlamento Europeo y la Presidencia rotatoria del Consejo los promulgarán.

Los Reglamentos entrarán en vigor a los veinte días de su publicación en el DOUE, lo que permitirá a eu-LISA iniciar el desarrollo del Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV) para que estos nuevos sistemas estén operativos para finales de 2021.

 

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-18-4367_es.htm

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