20 diciembre 2023

La cláusula RIJ emerge en los Juzgados españoles como solución legal clave para impulsar los cobros de impagados en tan sólo 20 días

RIJEl nuevo sistema de notificación judicial del Registro de Impagados Judiciales (RIJ), el Sistema de Información Crediticia, desarrollado por la Abogacía Española, con su socio INFORMA (filial del grupo CESCE), ha emergido como una herramienta legal imprescindible en los Juzgados españoles para impulsar las ejecuciones de impagados y poner fin a largos y costosos procedimientos judiciales que se eternizan en el tiempo.

En su corta vida, la cláusula RIJ, incluida en la demanda o escrito judicial, se ha convertido en un instrumento legal único para que el deudor-demandado haga frente a sus obligaciones dinerarias en tiempo récord, al ser informado vía judicial, en el mismo procedimiento, de la voluntad del acreedor de incluirlo en el fichero de morosos de la Abogacía Española, si no hace frente al pago.

Este innovador sistema, pionero en el mundo, ha sido especialmente diseñado para dar respuesta a los alarmantes datos recogidos en la última memoria del Consejo General del Poder Judicial, en la que se sitúa el período medio de pago de las ejecuciones de impagados en nuestro país en 40 meses, y contribuir a conseguir una justicia más justa, ágil y eficaz.

Desde su puesta en funcionamiento, en abril de 2023, el uso de la cláusula RIJ, ha permitido anotar sus primeros casos de cobro exprés, el último en tan sólo 19 días, en el seno de un procedimiento en ejecución por incumplimiento de una sentencia firme de julio de 2022.

En este último caso de éxito, el deudor hizo frente al pago de la deuda inmediatamente después de recibir la advertencia de inclusión en el fichero RIJ, sin que fuese necesario realizar la segunda notificación preceptiva por la que se le comunicara la inclusión efectiva en el fichero. Por tanto, no fue ni siquiera necesario hacer pública la deuda, ya que a raíz de la primera notificación advirtiendo de la potencial inclusión en el RIJ el deudor cumplió con el pago.

“Es la confirmación de que este novedoso sistema, pionero en el mundo, es una solución tecnológica y jurídica eficaz para resolver el problema de las sentencias infructuosas y aliviar la carga de trabajo de los Juzgados”, afirma el director general del RIJ, Enrique Rodríguez Zarza, quien destaca la importancia de “la cascada de resoluciones judiciales en las que se respalda su utilización como instrumento legal válido para informar al deudor, así como el goteo continuo de casos de cobro exprés que estamos registrado en el último trimestre del año”.

Su implementación ha sido posible gracias al aval de jueces y letrados de la Administración de Justicia que están aceptando ya su utilización en juzgados de todo el territorio nacional para impulsar el cobro de deudas, con plena garantía jurídica.

 

Comparte: