04 diciembre 2018

La Comisión Europea declara inadmisible la solicitud de referéndum en la UE sobre la permanencia o la salida del Reino Unido

La Comisión Europea ha decidido no registrar una Iniciativa Ciudadana Europea titulada «Referéndum en toda la UE sobre si los ciudadanos europeos quieren la permanencia o la salida del Reino Unido».

La Comisión ha decidido que no se cumplen las condiciones de registro de dicha Iniciativa, ya que esta cuestión queda fuera del ámbito de competencia de la UE.

La Iniciativa declara lo siguiente: «Todos los ciudadanos europeos deben tener la posibilidad de expresar su opinión política acerca de si desean que el Reino Unido permanezca en la Unión Europea.» Los organizadores hicieron un llamamiento a la Comisión Europea para que«apoyaran esta encuesta de opinión pública dando a los ciudadanos europeos de los veintiocho Estados miembros la posibilidad de expresar su deseo de que se produzca o no el Brexit.» De conformidad con el artículo 50, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea (TUE), todo Estado miembro puede decidir, de conformidad con sus normas constitucionales, retirarse de la Unión. Si bien lamenta la decisión del Reino Unido de retirarse de la Unión Europea, la Comisión respeta el resultado del referéndum.

El Tratado de Lisboa introdujo la Iniciativa Ciudadana Europea. Esta se puso en marcha, como una herramienta en manos de los ciudadanos para fijar el programa político, en abril de 2012, cuando entró en vigor el Reglamento en la materia por el que se aplican las disposiciones del Tratado. En 2017, como parte del Discurso del Presidente Juncker sobre el estado de la Unión, la Comisión Europea presentó propuestas de reforma de la Iniciativa Ciudadana Europea para facilitar aún más su utilización.

Una vez registrada oficialmente, la Iniciativa Ciudadana Europea permite a un millón de ciudadanos de al menos una cuarta parte de los Estados miembros de la UE pedir a la Comisión Europea que presente propuestas legislativas en ámbitos en los que tenga competencias para hacerlo.

Los requisitos de admisibilidad, conforme a lo establecido en el Reglamento sobre la Iniciativa Ciudadana Europea, son que la medida propuesta no esté manifiestamente fuera de la competencia de la Comisión para presentar una propuesta de acto jurídico, que no sea claramente abusiva, frívola o temeraria y que no sea manifiestamente contraria a los valores de la Unión.

 

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-18-6581_es.htm

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