01 agosto 2017
La Comisión Europea inicia un procedimiento de infracción contra Polonia en relación con las medidas que afectan al poder judicial
La Comisión Europea ha iniciado un procedimiento de infracción contra Polonia mediante el envío de una carta de emplazamiento, tras la publicación en el Diario Oficial de Polonia de la Ley sobre la organización de los tribunales ordinarios el viernes 28 de julio. Las autoridades polacas disponen de un mes para responder a esta carta de emplazamiento.
La principal preocupación de índole jurídica de la Comisión en lo que respecta a la Ley sobre la organización de los tribunales ordinarios tiene relación con la discriminación por motivos de género debido a la introducción de una edad de jubilación diferente para las juezas (60 años) y para los jueces (65 años). Esto es contrario al artículo 157 TFUE y a la Directiva 2006/54 sobre la igualdad de género en el empleo.
En la carta de emplazamiento, la Comisión también se inquieta por el hecho de que, al conceder al ministro de Justicia el poder discrecional de prolongar el mandato de los jueces que hayan alcanzado la edad de jubilación, así como de despedir y designar a los presidentes de los tribunales, se socavaría la independencia de los tribunales polacos (artículo 19.1 TUE en combinación con el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE). Las nuevas normas permiten que el ministro de Justicia pueda influir en cada juez ordinario, en particular, debido a los vagos criterios para la prolongación de sus mandatos, con lo que se socavaría el principio de la inamovilidad de los jueces. A la vez que se reduce la edad de jubilación, esta ley permite que el ministro de Justicia amplíe los mandatos de los jueces hasta un máximo de diez años para las juezas y de cinco años para los jueces. Asimismo, no existe ningún plazo para que el ministro de Justicia tome una decisión sobre la ampliación del mandato, con lo que se le permite mantener una influencia sobre los jueces afectados durante el tiempo restante de su mandato judicial.
En la carta de emplazamiento de la Comisión Europea se pide al Gobierno de Polonia que responda en el plazo de un mes. Tras examinar la respuesta de Polonia, o si no se han presentado observaciones dentro del plazo establecido, la Comisión podrá emitir un dictamen motivado, que es la segunda fase del procedimiento de infracción.
El Colegio de Comisarios decidió el miércoles 26 de julio iniciar este procedimiento de infracción tan pronto como se publicara la Ley sobre la composición de los tribunales ordinarios. La publicación tuvo lugar el 28 de julio.
El procedimiento de infracción se suma al diálogo sobre el Estado de Derecho en curso emprendido por la Comisión en enero de 2016 y la Recomendación sobre el Estado de Derecho complementaria emitida el 26 de julio. El Estado de Derecho es uno de los valores comunes en los que se fundamenta la Unión Europea. Está consagrado en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea.
La evolución de la situación en Polonia dio lugar a que la Comisión Europea iniciara un diálogo con el Gobierno de Polonia en enero de 2016 con arreglo al Marco del Estado de Derecho. Todo el proceso se basa en un diálogo continuo entre la Comisión y el Estado miembro de que se trate. La Comisión mantiene informados al Parlamento Europeo y al Consejo de forma periódica y estrecha.
Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-17-2205_es.htm