12 marzo 2019
La Comisión lleva a España ante el TJUE por los contadores de calefacción y agua caliente de los edificios de apartamentos
La Comisión Europea ha decidido llevar a España ante el TJUE por no garantizar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Directiva relativa a la eficiencia energética (Directiva 2012/27/UE) en relación con los contadores individuales de consumo en los edificios de apartamentos y edificios polivalentes.
La Directiva exige la instalación de contadores individuales de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria en todos los edificios de apartamentos y edificios polivalentes cuyos ocupantes reciban estos servicios de una instalación colectiva (como una caldera común). Este requisito es aplicable, siempre que sea técnicamente viable y rentable, a todos los edificios existentes. Sin embargo, las medidas nacionales de transposición españolas solo imponen este requisito a los edificios nuevos (construidos después de 2007). En los edificios donde los contadores de consumo no sean una solución técnicamente viable o rentable para medir la calefacción de las viviendas, deben utilizarse calorímetros instalados en cada radiador. Este requisito tampoco ha sido correctamente transpuesto por España. Las respectivas normas de la UE debían incorporarse al Derecho nacional a más tardar el 5 de junio de 2014.
En octubre de 2017, la Comisión abrió un procedimiento de infracción contra España mediante el envío de una carta de emplazamiento, seguida de un dictamen motivado en marzo de 2018.
Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-19-1473_es.htm