23 mayo 2017
La Comisión simplifica las normas que regulan la inversión pública en los puertos y aeropuertos, en el ámbito de la cultura y en las regiones ultraperiféricas
La Comisión Europea ha aprobado nuevas normas sobre ayudas estatales que excluyen del escrutinio previo de la Comisión determinadas medidas de ayuda pública destinadas a los puertos y aeropuertos, la cultura y las regiones ultraperiféricas. El objetivo perseguido es facilitar la inversión pública en favor de la creación de empleo y el crecimiento, protegiendo al mismo tiempo la competencia.
El «Reglamento general de exención por categorías» de 2014 autorizó a los Estados miembros a aplicar una amplia gama de medidas de ayuda estatal sin necesidad de obtener la autorización previa de la Comisión, al ser poco probable que provoquen un falseamiento de la competencia. Como consecuencia de ello, en la actualidad alrededor del 95 % de las medidas de ayuda estatal aplicadas por los Estados miembros no están sujetas a autorización (lo que representa, colectivamente, un gasto anual aproximado de 28 000 millones EUR). Por ejemplo, desde 2014, el número de notificaciones de ayudas estatales en el ámbito de la investigación, el desarrollo y la innovación se ha reducido a la mitad.
La Comisión Europea ha ampliado ahora el ámbito de aplicación de este Reglamento a los puertos y aeropuertos, a raíz de dos consultas públicas.
Por lo que se refiere a los aeropuertos, los Estados miembros ya pueden efectuar inversiones públicas en aeropuertos regionales que gestionen un tráfico anual de hasta 3 millones de pasajeros con plena seguridad jurídica y sin control previo por parte de la Comisión. Ello facilitará la inversión pública en más de 420 aeropuertos en toda la UE (lo que representa aproximadamente el 13 % del tráfico aéreo).
El Reglamento autoriza asimismo a las autoridades públicas a financiar los costes de explotación de los pequeños aeropuertos que gestionan un tráfico anual de hasta 200.000 pasajeros. Estos aeropuertos de pequeño tamaño representan casi la mitad de todos los aeropuertos de la UE, pero solo el 0,75% del tráfico aéreo. Aunque pueden contribuir de forma significativa a la conectividad de una región, es poco probable que falseen la competencia en el mercado único de la UE.
Por lo que respecta a los puertos, los Estados miembros ya pueden efectuar inversiones públicas de hasta 150 millones de euros en los puertos marítimos y de hasta 50 millones de euros en los puertos interiores con plena seguridad jurídica y sin control previo por parte de la Comisión. El Reglamento autoriza a las autoridades públicas a financiar los costes de dragado en los puertos y las vías navegables de acceso los mismos.
Además, el nuevo Reglamento incluye una serie de simplificaciones en otros ámbitos. En particular, la Comisión únicamente examinará los casos de ayuda estatal de mayor envergadura que entrañen un importe de ayuda más elevado para los proyectos culturales (y solo si esas medidas constituyen efectivamente una ayuda estatal, lo que en la mayoría de los casos no sucede) y para las instalaciones deportivas de usos múltiples.
Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-17-1341_es.htm