08 marzo 2016
La Comisión y 17 Estados miembros clarificarán las normas aplicables a los regímenes patrimoniales de las parejas internacionales de Europa
La Comisión Europea ha adoptado propuestas para clarificar las normas aplicables a los regímenes patrimoniales de las parejas casadas o las parejas de hecho registradas internacionales.
Estas propuestas establecerán normas claras en los casos de divorcio o separación y pondrán fin al desarrollo de procedimientos paralelos y potencialmente contradictorios en varios Estados miembros, por ejemplo, en relación con la propiedad o las cuentas bancarias. En pocas palabras, aportará mayor seguridad jurídica a las parejas internacionales. En particular:
- aclararán cuál es el órgano jurisdiccional nacional competente para ayudarlas a gestionar su propiedad o dividirla en caso de divorcio, separación o fallecimiento (normas de competencia);
- aclararán qué legislación se aplica cuando podrían aplicarse al asunto las de varios países (normas sobre la legislación aplicable);
- facilitarán el reconocimiento y la ejecución en un Estado miembro de una resolución sobre asuntos de propiedad dictada en otro Estado miembro.
Puesto que los 28 Estados miembros no alcanzaron la unanimidad necesaria en el Consejo para adoptar las propuestas presentadas en 2011, 17 Estados miembros han solicitado una cooperación reforzada para adoptar esta legislación. Entre ellos se encuentra España. Así, representan el 67% de la población de la UE y la mayoría de las parejas internacionales que viven en ella.
Los Estados miembros no participantes seguirán aplicando su legislación nacional, incluidas sus normas en materia de Derecho internacional privado, en las situaciones transfronterizas relacionadas con los regímenes económicos matrimoniales y las consecuencias patrimoniales de las uniones de hecho registradas.
Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-16-449_es.htm